La SCJN suspendió parcialmente el “decretazo” que blinda información de megaobras de infraestructura.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió de manera parcial el “decretazo” del presidente Andrés Manuel López Obrador, el cual declara que toda obra de infraestructura durante su gobierno sea considerada como asunto de “interés público” y de “seguridad nacional”.

Un ministro admitió a trámite la controversia constitucional interpuesta por el INAI. Esta institución es la única que ha impugnado el llamado “decretazo” ante la Corte, aunque hay otros que están facultados para ello.

La impugnación presentada por el INAI, que alertaba de los riesgos de opacidad del acuerdo de López Obrador. Según la demanda admitida por la Corte, “el mensaje que emite [el decreto] se encuentra relacionado con un régimen de opacidad y secreto que no se ajusta a las directrices establecidas para la aplicación de excepciones al derecho de acceso a la información”.

Las solicitudes de trasparencia contempladas por la ley corrían el riesgo de quedarse en papel mojado, ya que la Constitución establece que la información en posesión de las autoridades federales y locales “sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional”.

La Corte ha considerado procedente conceder al INAI la suspensión del primer apartado del decreto al rechazar “los efectos y las consecuencias” que deriven del blindaje de esa información.

Tanto el INAI como el Ejecutivo tienen la prerrogativa de impugnar la suspensión ante una Sala de la Corte, pero pasarán varios meses para una sentencia, pues el Poder Judicial inicia este 16 de diciembre su receso de fin de año.

Para que la Corte resuelva si el Acuerdo viola la Constitución o las leyes federales, pueden pasar de uno a dos años para que se dicte el fallo final.

Por ello esta suspensión es sólo una medida cautelar y estará vigente hasta que la SCJN determine si el acuerdo presidencial es constitución

El ministro Juan Luis González Alcántara rechazó clasificar como “reservada” toda información pública de los proyectos insignia de AMLO como los son el Tren Maya, en el sureste mexicano; el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, en el Estado de México; y la refinería de Dos Bocas, en Tabasco, entre otros.

Lo anterior al admitir a trámite la controversia constitucional interpuesta por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y conceder suspender parcialmente la aplicación del acuerdo presidencial del pasado 22 de noviembre.

Esto implica que, para mantener en reserva alguna información sobre dichas megaobras, las autoridades a quienes se requieran dichos datos tendrán que argumentar legalmente las razones de seguridad nacional que sustenten su decisión.

En el mismo acuerdo, se niega la suspensión en lo que hace a sí considerar la como de seguridad nacional dichos proyectos para efectos de que todas las dependencias de la administración pública federal otorguen los dictámenes, permisos y licencias necesarias para su realización.

Fuente: Senado de la República de México


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