El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha reconocido que tres funcionarias del Ayuntamiento de Écija (Sevilla) sufrieron discriminación salarial entre 2016 y 2019, por no recibir un complemento adicional de 6.500 euros anuales que sí percibían sus compañeros, por atribuciones temporales que, en realidad, era indefinido e irregular.
La sentencia constata que las mujeres percibían entre 21.466 y 30.000 euros, frente a los varones que oscilan entre 32.000 y 36.000 euros, lo que suponía una diferencia salarial entre 6.5000 y 10.000 euros. “Existe una discriminación salarial entre hombres y mujeres que ocupan el mismo puesto de trabajo, lo que produce una vulneración de un derecho fundamental”, dice la sentencia.
“Esta práctica tuvo lugar y persistió, pese a existir incluso un informe de interventor favorable al reconocimiento de este complemento a la mujer, a la que no se le reconoció”, afirma Valentín Aguilar, abogado defensor de la trabajadora.
Por otro lado, un informe del jefe de sección interior del Ayuntamiento alertó de que “pueden producirse situaciones de agravio comparativo, en particular, respecto al colectivo de gestores administrativos por razón de género”. Además, “existe también un informe de la secretaría general del Ayuntamiento que instaba a regularizar las atribuciones temporales”, matiza.
Por ello, la recurrente, junto a otras trabajadoras, había requerido en diferentes ocasiones al Ayuntamiento “que acabase con esta práctica e implementara un plan de igualdad”, argumenta, “que es obligatorio por ley, y que aún hoy no existe”, indica el letrado.
Según Aguilar, el fallo pone de manifiesto “el desprecio continuado a la igualdad a la que tienen derecho todas las trabajadoras en el seno de la Administración Pública, que debería ser la primera en defender sus derechos”.
El abogado valora la sentencia de manera muy positiva porque “puede animar a las mujeres que están en esta situación a que sientan que los tribunales las amparan”.
La sentencia no concreta cómo debe actuar el Consistorio tras la decisión. Ahora Aguilar recurrirá el fallo ante el Tribunal Supremo, para que le indemnicen por el salario que ha dejado de ingresar y por el daño moral. “El Constitucional ya fijó que todo daño infringido por vulnerar un derecho fundamental tiene que ser indemnizado y por ello pediremos 150.000 euros”, añade.
Fuente: Abogacía.es