Por Santiago Abascal Conde, director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Recientemente han aparecido en los medios de comunicación noticias relativas a la aprobación por parte del gobierno alemán de un proyecto de ley –bautizado como Ley Facebook y del que solo conocemos alguna de sus líneas generales- para restringir el acceso de los empresarios a las redes sociales con el fin de buscar antecedentes de los candidatos a un puesto de trabajo en sus organizaciones. Según estas informaciones, la búsqueda de datos en redes profesionales y a través de buscadores –el famoso googling- continuarían estando permitidas.

Independientemente del juicio que pueda merecer la utilidad práctica de esta iniciativa legislativa, sí pone de manifiesto un problema cada vez más presente en nuestra sociedad: la forma en que puede condicionar el futuro de nuestros jóvenes la información incluida en las redes sociales en una etapa en los que todavía no están completamente formados ni tienen la madurez necesaria para valorar todas las implicaciones de sus acciones.

A lo largo de la historia, el afán de adquisición de nuevas experiencias y por descubrir su yo y su lugar en el mundo a través de relaciones alejadas del entorno familiar en el que se han desenvuelto sus vidas hasta ese momento es una constante en el comportamiento de los jóvenes y adolescentes. En esta etapa, necesitan imperiosamente el reconocimiento social y la sensación de integración y pertenencia a un grupo, unido a un cierto impulso de trasgresión de los límites que la sociedad les impone. Estas experiencias tienen que ser compartidas como forma de estrechar los vínculos relacionales.

Hasta ahora la trascendencia del hecho de compartir información se limitaba al periodo de tiempo en que se producía, perdurando tan solo en el recuerdo de las personas que lo habían vivido lo que propiciaba un cierto control por parte del autor o protagonista de la información. Esta situación ha cambiado drásticamente desde el advenimiento de ciertos servicios soportados en Internet y, muy especialmente, desde que se ha producido la omnipresencia del fenómeno de las redes sociales.

En la era digital de la Sociedad de la Información nada se olvida, todo permanece. Cualquier dato que se introduce en la Red persiste de forma indefinida a disposición de quien lo quiera buscar. Es prácticamente imposible asegurar que vamos a conseguir hacer desaparecer una información no deseada pues puede estar replicada en multitud de servidores, páginas web o perfiles de otras personas que han accedido a la misma.

Así pues y, sin entrar a debatir la utilidad de la iniciativa del gobierno alemán y las dificultades prácticas que tiene su implantación, es evidente que la misma da respuesta a una situación de riesgo para la privacidad de las personas y sus efectos y beneficios habrán de ser evaluados a largo plazo. En cualquier caso, desde la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid estamos convencidos de que el mejor camino para conseguir paliar los efectos negativos de la sobrepublicación de información por parte de los jóvenes es la concienciación y la educación y, en todo caso, la aprobación de nuevas normas encaminadas a potenciar la privacidad de los usuarios de estas herramientas no privaría en absoluto de valor a estas iniciativas ya que ambas coadyuvarían desde distintas perspectivas al mismo fin.

Por ello, la Agencia está apostando por acciones encaminadas a la inclusión de la protección de datos personales en los programas de estudios de las enseñanzas de primaria y secundaria así como en los de las profesiones docentes para, a través de la formación de formadores, conseguir inculcar en los jóvenes y adolescentes los valores de la privacidad, las consecuencias presentes y futuras que pueden tener sus actos y los derechos que la Constitución y las leyes les otorgan.

En este sentido y como ejemplo ilustrador de este camino de difusión y formación, quisiera mencionar que durante los dos últimos años –coincidiendo con el Día Europeo de Protección de Datos que se celebra el 28 de enero de cada año- y de forma pionera, la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, con el apoyo de la Consejería de Educación, lleva a cabo una acción de formación y concienciación de los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria que se verifica simultáneamente en todos los Institutos de Enseñanza Secundaria de la Comunidad de Madrid y alcanzando a más de ochenta mil alumnos.

La acción formativa pretende suscitar un debate acerca de los tratamientos de datos personales que los jóvenes realizan cotidianamente a través del uso de redes sociales, mensajerías instantáneas, chats o telefonía móvil y de sus consecuencias presentes y futuras, haciéndoles conscientes de que ninguna información desaparece de la Red.

Una vía adicional para tratar estos problemas, dirigida a un actor diferente, es la adoptada por las autoridades de protección de datos europeas en relación con los titulares de los servicios de redes sociales y que pasa por, primero, establecer los criterios que deberían aplicar para conseguir una adecuada y efectiva protección de la privacidad de los usuarios de las mismas y, al mismo tiempo, vigilar y supervisar que las actuaciones de dichas redes sociales se adapten a los principios de la protección de datos personales.

Para ello, estas autoridades han aprobado un dictamen en el cual recalcan como deberes de los responsables de las redes sociales la obligación de informar correctamente y de una manera clara y completa sobre los tratamientos de datos que se llevan a cabo en las mismas, sus finalidades –de manera especial las referidas a prospección comercial o a la creación de perfiles-, las distintas maneras en que se tratarán los datos y si terceras partes –por ejemplo, desarrolladores de aplicaciones para estas plataformas- van a tener o no acceso a los mismos.

Del mismo modo se encarece la necesidad de que los parámetros por defecto sean respetuosos con la privacidad para que los propios usuarios decidan conscientemente el nivel de apertura de sus perfiles. También se requiere a las redes sociales para que, al menos en su página inicial, figure un enlace hacia una oficina de reclamaciones a la que pudieran acceder tanto miembros como no miembros de la red, en particular para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Igualmente, se insiste en la necesidad de establecer plazos máximos de conservación de los datos de los usuarios inactivos y de suprimir las cuentas abandonadas, haciendo un llamamiento para ejercer un especial cuidado en la aplicación de estas medidas cuando se trate de datos de menores de edad.

Si todas estas peticiones de las autoridades de protección de datos se pusieran en marcha por parte de las redes sociales muchos de los problemas que han dado origen a la Ley Facebook se verían minimizados y los elementos positivos de las redes sociales –muchos y muy importantes- no se verían oscurecidos por los riesgos percibidos para la intimidad y la privacidad de las personas.

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