El jurista experto en Compliance, codirector del Compliance Advisory LAB de Grant Thornton, director del Diploma de Especialización en Compliance de la Universidad Loyola y doctor en la materia, Rafael Aguilera Gordillo, ha publicado un informe donde se que abordan pormenorizadamente los puntos clave de tres resoluciones judiciales dictadas en distintas investigaciones penales de relevancia que ilustran sobre la especial trascendencia de los «sistemas de compliance» para las empresas. Estos son los Autos objeto del estudio realizado por Rafael Aguilera en el marco del Compliance Advisory LAB:
- Auto del Juzgado Central de Instrucción Nº6 de 23 de marzo de 2021: sobreseimiento de persona jurídica por ausencia de defecto organizativo estructural al apreciarse la ejecución de un «modelo eficaz de prevención supervisado por un órgano autónomo».
- Auto del Juzgado Central de Instrucción Nº6 de 29 de julio de 2021: sobreseimiento de dos personas jurídicas ante la constatación de que tenían implantados unos sistemas de cumplimiento eficaces y la acusación no aportó elementos de cargo que permitan concluir la existencia de un defecto estructural».
- Auto de la Sala Penal Audiencia Nacional, Sec.4ª, de 1 de julio de 2021: revocación del requerimiento judicial de aportación de los programas de compliance de una persona jurídica y de las denuncias internas recibidas en su #CanalDeDenuncias».
Entre otros aspectos, en el informe se examina la repercusión en la práctica judicial del fundamento de la responsabilidad penal de la persona jurídica sobre la carga de la prueba o el favorable efecto («sobreseimiento») que produce la aportación de evidencias que muestren la aplicación efectiva de un sistema de compliance.
Asimismo, se detallan los documentos aportados al instructor por 2 grandes corporaciones que permitieron lograr el convencimiento de que los sistemas de compliance que ejecutaban en el momento de comisión de los presuntos delitos resultaron «efectivos».
Por último, se verifica si, de conformidad con la jurisprudencia del española y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, un requerimiento judicial dirigido a una persona jurídica para que aporte su sistema de cumplimiento y las denuncias internas recibidas en el «canal de denuncias», atenta o no contra el derecho fundamental a la «no autoincriminación» de la persona jurídica.
Este informe es el último de un conjunto de textos y actividades que se desarrollan en este espacio específicamente focalizado en la investigación en materia de Compliance, Forensic y Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
Puede accederse al contenido íntegro del informe en el este enlace.