Por Fco. Javier Gómez Gómez, responsable del Área de Asesoramiento a empresas de ECIX
Existe un convencimiento entre los primeros países europeos de que las pequeñas empresas deben ser un motor clave en el crecimiento económico de las maltrechas economías actuales.
Como botón de muestra decir que hace pocas fechas, el Gobierno británico ha adquirido el compromiso de invertir otros 15 millones de euros, durante el año 2.014, en las conocidas Startups. Si a eso le añadimos la voluntad de nuestro actual gobierno para repartir subsidios y ayudas a las pequeñas empresas, plasmada en la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, podemos concluir que nunca ha habido un mejor momento para seguir nuestros instintos empresariales y crear una empresa independiente.
Efectivamente parece que nos encontramos en un gran momento para aprovecharse de las ventajas que ofrecen la tecnología y la innovación contemporánea, y de los apoyos gubernamentales para este tipo de iniciativas, y emprender una nueva línea de negocio, independiente a la que se pueda estar desarrollando.
Con la actual normativa sobre Emprendedores se podría crear una Startup prácticamente sin inversión inicial, aunque está claro que existen muchos negocios que seguro necesitarán bastante capital en el inicio, pero la mayoría de las startups pueden comenzar sin inversión inicial. Y de este modo intentar emprender un negocio rentable desde el inicio.
Así la Ley de Emprendedores establece un nuevo tipo de entidad mercantil, la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, que no tendrá un capital mínimo y cuyo régimen será idéntico al de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, pero que no requieren una inversión inicial de capital.
La misma normativa y para la captación de fondos con los que desarrollar la nueva idea de negocio, ha creado dos figuras importantes:
(I)El inversor de proximidad (Business Angel). Estableciéndose un nuevo incentivo fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con el objeto de favorecer la captación por empresas de fondos propios procedentes de contribuyentes que, además del capital financiero, aporten sus conocimientos empresariales o profesionales adecuados para el desarrollo de la sociedad en la que invierten.
El incentivo consiste en la posible deducción en la Declaración de la Renta, de hasta el 20% de la cuota estatal, con un límite de hasta 20.000 euros y, además, se declara exenta de tributación las ganancias patrimoniales conseguidas, en un plazo entre tres y nueve años, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.
(II)Los bonos de internacionalización. Al objeto de facilitar la internacionalización de las pequeñas empresas, se crea un instrumento mucho más flexible de emisión que las cédulas, para que las nuevas empresas puedan obtener financiación más fácilmente para su aventura exterior.
Muy importante también es el cambio introducido por esta misma norma en cuanto al Impuesto sobre el Valor Añadido. Para paliar los problemas de liquidez y de acceso al crédito de las empresas, se crea, en el ámbito del dicho Impuesto, un régimen especial del criterio de caja, por el que se permita evitar ingresar el IVA hasta que se cobre la factura, con efectos 1 de enero de 2014.
También son importantes los Incentivos Fiscales en I+D, ya que Hacienda permitirá recuperar el crédito fiscal que no se ha podido utilizar. De esta forma las empresas podrán aplicarse, con un descuento del 20%, la deducción por investigación y desarrollo que no hayan podido aplicarse en años anteriores, por insuficiencia de cuota.
El importe de la deducción aplicada no podrá superar los 3 millones de euros, y tiene mucha importancia ya que permite la aplicación de la misma, aun cuando la empresa entre en pérdidas.
Y por último se establecen ciertos beneficios fiscales para aquellas empresas que destinen parte de sus beneficios a la inversión en activos para la sociedad, lo que puede hacer disminuir significativamente la tributación de nuestra empresa.
En definitiva una serie de ventajas y apoyos, que hacen que nos encontremos en un momento óptimo para iniciar un nuevo proyecto, que contando con el asesoramiento adecuado que nos permita optimizar todas las ventajas regulados por la Normativa, que nos pueden hacer iniciar actividad sin una inversión inicial alta, rentabilizarla en un breve espacio de tiempo y comenzar a tener beneficios.