El Senado de Chile despachó el veto al proyecto que sanciona usurpaciones ilegales de inmuebles. 

Tras un extenso debate en Sala, el Senado aprobó por mayoría el veto presidencial presentado por el Ejecutivo al proyecto que regula los delitos de ocupaciones ilegales de inmuebles, fija nuevas penas e incorpora mecanismos eficientes de restitución. Ahora corresponde que las observaciones sean analizadas por la Cámara de Diputados.

La oposición anunció la presentación de un proyecto de ley para corregir aspectos con los que no están de acuerdo.

Se aprobaron las modificaciones propuestas por el Ejecutivo en materia de suprimir la legítima defensa privilegiada, eliminar el marco penal rígido y regular la flagrancia permanente, entre otras medidas.

Previo a la votación de cada una de las 14 observaciones (vea nota relacionada), el presidente de la Comisión de Seguridad Pública, senador Felipe Kast, explicó el análisis que hizo esa instancia de las propuestas que hizo el Ejecutivo.

Tal como corresponde reglamentariamente, la Sala se pronunció respecto de cada una de las 14 observaciones realizadas por el Ejecutivo, luego que la Ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, explicara los alcances de las mismas.

PRIMER VETO

Así las cosas, se aprobó con 18 votos a favor y 16 en contra, el primer veto que apuntaba a eliminar las normas sobre legítima defensa privilegiada que estaban contempladas en la iniciativa. En su rol de presidente de la comisión especializada, el senador Kast explicó dicha observación.

SEGUNDO VETO

Luego con 32 votos a favor y 2 abstenciones, el Senado aprobó la segunda observación que entrega un tratamiento especial cuando existe violencia en las cosas, lo que quedaría con una pena de cárcel, pero no la misma pena de la usurpación con violencia en las cosas y en las personas. El senador Kast explicó a la Sala el contenido de ese veto.

TERCER VETO

La Sala también aprobó con 31 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención el veto número 3 que establece que «si la usurpación se realiza sin violencia o intimidación en las personas, pero causando daño en las cosas, la pena será de presidio menor en su grado medio si causa daño cuyo importe sea de 40 UTM; presidio menor en su grado mínimo a medio si excede de 4 UTM y no pasa de 40; y presidio menor en su grado mínimo si causa daños menores a 4 UTM ni baje de 1 UTM. El senador Kast también explicó el alcance de esta observación.

CUARTO VETO

Tal como ocurrió previamente en la Comisión de Seguridad, la Sala rechazó con 17 votos a favor y 18 en contra el cuarto veto que eliminaba una disposición sobre la usurpación sin violencia en las personas. El senador Kast dijo que con esta observación se busca eliminar la pena de cárcel para la usurpación no violenta; mientras que el Ministro Secretario General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, señaló que se busca dar proporcionalidad a las penas.

QUINTO VETO

Tras este rechazo se votó la insistencia, esto es, mantener la norma establecida en el proyecto para lo cual se necesitaba, 24 votos. Finalmente se obtuvo un empate de 18 votos, por lo que tampoco quedó la disposición original en el texto.

SEXTO VETO

No obstante, el Senado aprobó con 29 votos a favor y 6 en contra, el quinto veto que busca establecer un nuevo tipo penal y da la posibilidad al juez de determinar sanciones de cárcel o multa en determinados casos. El senador Jaime Quintana se manifestó a favor de esta disposición, mientras que el senador José García señaló que, si bien era partidario de la norma original del proyecto, «esta disposición es mejor que lo que existe en la actualidad».

Dicha observación añade que «cuando el hecho se lleve a efecto sin violencia o intimidación en las personas, ni daño en las cosas, la pena será de presidio menor en su grado mínimo o multa de 6 a 10 UTM. Para imponer la pena mayor, el tribunal deberá tener en especial consideración las siguientes circunstancias:

Que el imputado haya sido condenado por delito de usurpación antes.

Que haya desplegado acciones tendientes a eludir la acción de la justicia.

Que el inmueble haya sido previamente objeto de delito de usurpación y que el imputado tenga conocimiento de aquello».

Los vetos 6, 10, 12, 13 y 14 fueron aprobados por amplia mayoría, pues eran de carácter adecuatorio del texto.

SÉPTIMO VETO

La Sala también aprobó con 18 votos a favor y 17 en contra la séptima observación que elimina el marco penal rígido que consideraba el proyecto en materia de usurpación. El senador Kast y el ministro Elizalde explicaron sus puntos de vista ante la Sala.

OCTAVO VETO

Con 18 votos a favor y 17 en contra, el Senado aprobó el octavo veto que suprime la detención por flagrancia para llevarla a régimen general, salvo en el caso de las policías. En este punto intervinieron los senadores Quintana, Kast, García y la Ministra del Interior y se dio un debate respecto de si era posible o no que la ciudadanía pudiera realizar detenciones.

NOVENO VETO

A consecuencia de lo anterior, se aprobó con 30 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones, la novena observación del Ejecutivo que permite que las policías puedan realizar detenciones por flagrancia de forma permanente. En esta materia intervinieron el ministro Elizalde y el senador Kast.

ONCEAVO VETO

Finalmente, se aprobó con 32 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, el veto número once que establece la medida cautelar de restitución anticipada del inmueble en cualquier etapa del procedimiento, hayan sido o no formalizados los imputados, pidiendo el desalojo, acreditando la respectiva inscripción del inmueble. Los senadores Quintana y Kast se refirieron a esta medida.

 

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.