En una entrevista concedida a este medio por Juan Serrada, presidente de la Corte Arbitral CIMA, y que se publicará la semana que viene, esta entidad revela que uno de los temas pendientes del arbitraje español es su internacionalización desde las propias Cortes Arbitrales. «Es evidente que en el momento que una Corte Arbitral española se internacionalice lo suficiente generará sinergias muy positivas tanto para nuestro país, como para el propio movimiento arbitral», comento su presidente. CIMA abordará esta internacionalización con múltiples actividades estando presente en los principales foros de los negocios y reuniones internacionales de arbitraje. De hecho ya está confirmada su presencia activa de esta entidad en el evento que organiza la UIA en Miami el próximo mes de octubre.
CIMA, una de las Cortes más antiguas de España, que nace en 1989 al amparo de la Ley de Arbitrale de 1988, el pasado año modificó su reglamento y lo adaptó a los parámetros del Club Español del Arbitraje (CEA), para asi apoyar la deseable homogenenización entre los Reglamentos de las principales Cortes Arbitrales del país, mantiene una lista cerrada de 110 árbitros de contrastada solvencia y la mayor transparencia posible en la elección de los árbitros por la partes, como dos de sus principales valores añadidos como institución. Además la figura del Secretario de la Corte, también presente en todos los procedimientos es otra innovación que da más garantías al propio procedimiento arbitral. «En los dos últimos años se ha incrementado el número de asuntos vistos por nuestra entidad por un montante que en el 2010 superó los 600 millones de euros», señaló Serrada.
Para Juan Serrada el valor de una Corte Arbitral reside en los árbitros que una entidad tenga en su lista. Desde ese punto de vista, pese a la irrupción de los arbitrajes tecnológicos y de la propia tecnología en los procedimientos arbitrales, no cree que figuras como las de la propia Corte o las de los mismos árbitros puedan quedar obsoletas. «Desde CIMA hemos puesto en marcha un sistema de encriptación de documentos que permite a las partes visionar su expediente y a sus abogados incluir nuevas pruebas o alegaciones si fueran necesarias», subraya
Sobre la posibilidad de una regulación de la actividad de las Cortes Arbitrales españolas, el presidente de CIMA no ve con malos ojos que antes que la propia autoridad administrativa entre a legislar este tema las propias Cortes pudieran llegar a un acuerdo para autoregularse y evitar las malas prácticas como consecuencia de la nula existencia de requisitos a la hora de poner en marcha una institución arbitral. «Aunque la última reforma ha señalado la responsabilidad civil de árbitros y Cortes de Arbitraje, aun queda un espacio para la propia autoregulación», señaló