La Cámara de Representantes de Colombia se encuentra analizando la adopción desde el vientre materno.

En comisión primera de la cámara de representantes fueron aprobados proyectos importantes para los colombianos, uno de ellos  es “la adopción desde el vientre materno, se crea el programa nacional de asistencia médica y psicológica para mujeres en estado de embarazo no deseado” la segunda iniciativa “es establecer la Política de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia”, y otro es “desincentivar el porte ilegal de armas de fuego”.

El que autoriza la adopción desde el vientre materno, se crea el programa nacional de asistencia médica y psicológica para mujeres en estado de embarazo no deseado y el cual aprueba la adopción desde el vientre materno otorgando alternativas a las mujeres que se encuentren en estado de embarazo no deseado.

La sociedad actual, en la que se respetan las garantías individuales y los derechos sexuales y reproductivos, otorga la posibilidad a la mujer de ser autónoma para tomar decisiones sobre su proyecto de vida. Así mismo, la Corte Constitucional en la sentencia C-355 de 2006 despenalizó el aborto en tres causales:

(i) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico;

(ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y,

(iii) (Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.

Sin afectar la garantía individual de proteger el derecho que tiene la mujer para practicar el aborto como procedimiento para interrumpir el embarazo cuando ella lo solicita, aún si esta se encuentra en una de las tres causales definidas por la Corte Constitucional, se debe fortalecer la existencia de alternativas para las mujeres en estado de embarazo no deseado.

Por eso, en este proyecto de ley se propone otorgar la posibilidad a la mujer de dar en adopción a su hijo aún sin este haber nacido y crear el Programa Nacional de Asistencia Médica y Psicológica para Mujeres en Estado de Embarazo No Deseado.

El proyecto también modifica el artículo 66 de la Ley 1098 de 2006 – Código de la Infancia y la Adolescencia – para que se adapte a la iniciativa y no tener incongruencias legales ante el mismo, dado que esta habla del consentimiento o la manifestación informada, libre y voluntaria de dar en adopción a un hijo o hija por parte de quienes ejercen la patria potestad ante el Defensor de Familia.

En conjunto con el proyecto de ley anterior, se aprobó el Proyecto de Ley de “Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia” Cuenta con 35 artículos y tiene como objetivo elevar la política nacional de infancia y adolescencia 2018 – 2030 a política de estado para el desarrollo integral en la infancia y la adolescencia, la cual sienta las bases conceptuales, técnicas y de gestión para garantizar el desarrollo integral de las niños y adolescentes entre los 6 y los 18 años en la protección integral. Esta política es de carácter intersectorial en el orden nacional y territorial, y exige la articulación y conexiones entre los diferentes sistemas y sectores para su diseño, implementación y seguimiento

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