Ley Anticapuchos llega al Congreso como una iniciativa multipartidista y multirregional ante la proliferación de actos vandálicos por personas encapuchadas

Colombia – Ley Anticapuchos

Diferentes regiones sufren hoy el flagelo de los disturbios ocasionados por encapuchados. El proyecto de ley busca adoptar medidas para sancionar la comisión de actos vandálicos, valiéndose del ocultamiento de la identidad en el contexto de manifestaciones públicas.

Para garantizar el orden público, la seguridad ciudadana y el ejercicio fundamental a la protesta pacífica fue radicado un proyecto de ley que busca tipificar como delito el ocultamiento de identidad, o uso de capuchas, como medio para facilitar la comisión de delitos en manifestaciones públicas.

El proyecto de ley, que cuenta con el apoyo de diferentes bancadas, empezará su debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes.

La iniciativa busca que quien, mediante la utilización deliberada de prendas, máscaras, pasamontañas, elementos u otros medios similares destinados a impedir o dificultar la identificación de una persona, cometa actos vandálicos en medio de una manifestación pública, reunión, movilización o concentración pública, sea penalizado con prisión de entre 54 a 96 meses y multas de entre 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

“Aquí lo que queremos es fortalecer el derecho a la protesta. El 99% de las personas que salen a protestar no salen ocultando su identidad, no salen a protestar con capucha, no salen a hacer vandalismo, salen a ejercer ese derecho constitucional que es protestar; pero se sabe que quien usa una capucha en medio de una protesta, sale a delinquir”, dijo el Representante Jaime Arizabaleta.

Por su parte, el congresista Julio César Triana sostuvo: “No podemos seguir permitiendo que comerciantes, pequeños empresarios y la infraestructura de nuestras regiones paguen el costo del vandalismo impune. La capucha se convirtió en la herramienta perfecta para destruir el patrimonio de las ciudades sin asumir ninguna consecuencia. Con este proyecto buscamos que las autoridades tengan herramientas reales no solo para judicializar, sino para agravar la pena a quienes se valen del anonimato y la capucha para delinquir y eludir a la justicia”.

El proyecto contempla como agravantes el uso de artefactos o elementos peligrosos de fabricación artesanal, explosivos, sustancias corrosivas o cualquier otro medio idóneo para causar grave daño a las personas o a los bienes públicos y privados, y el hecho de que la conducta recaiga sobre establecimientos educativos, instituciones prestadoras de servicios de salud, instalaciones de organismos de socorro, bienes de interés cultural, infraestructura de servicios públicos esenciales.

Así mismo, el articulado contempla que el que por medios ilícitos incite, dirija, constriña o proporcione los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la infraestructura de transporte de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de  entre 54 a 96 meses  y multas de entre 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena de prisión.

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