El juzgado notificó esta resolución a la antigua Astroc, en la que rechaza las peticiones de Affirma de cese provisional en el uso del término «afirma» y acuerda la suspensión de la tramitación de diversos recursos interpuestos ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) contra la concesión de la marca a la antigua Astroc.
El juez ha denegado la suspensión de la tramitación del expediente de marca comunitaria que tramita la OAMI a instancias de Afirma Grupo Inmobiliario y la anotación de la demanda en los registros de la OEPM y de la OAMI.
Fuentes de Grupo Affirma afirmaron no tener conocimiento ni haber recibido esta notificación del Juzgado Mercantil número 2 de Alicante. La compañía asegura que la última notificación del juzgado fue la admisión a trámite de su demanda de cese de utilización de la marca presentada contra Afirma Grupo Inmobiliaria.
La antigua Astroc explicó que la denuncia de Grupo Affirma tenía como objetivo evitar la consolidación del uso público en los medios de comunicación, en cotización bursátil y en Internet del término «afirma» por Afirma grupo inmobiliario.
Además, acusa a la demandante de «haber tolerado el empleo intensivo del término durante más de un año» y detalló que ésta es la «única» resolución judicial que existe sobre este conflicto.
Por su parte, el Grupo Affirma informó hoy, a través de un comunicado, de que la OEPM acaba de denegar a Afirma Grupo Inmobiliario la utilización de la marca ‘afirma’ en la resolución de una petición administrativa presentada por la empresa.
La OEPM ha llegado a esta conclusión tras resolver los dos recursos de alzada presentados por las dos compañías enfrentadas, por lo que deniega la utilización de ‘afirma’ a la inmobiliaria en la clase 36, correspondiente a los servicios inmobiliarios; la clase 27, para servicios de construcción y la clase 42, de servicios científicos y tecnológicos.