El Consejo de Ministros ha dado luz verde, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a dos Reales Decretos que mejoran el acceso a la jubilación anticipada para las personas con una discapacidad superior al 45% y completan para el conjunto de los trabajadores la reforma de los incentivos de la jubilación demorada, iniciada en 2021. Ambas normas se enmarcan en la modernización del sistema de pensiones y responden a las Recomendaciones 18 y 12, respectivamente, del Pacto de Toledo.

En concreto, el Gobierno facilitará el acceso a la jubilación anticipada para las personas con discapacidad superior al 45%. Para este colectivo se reducen los años de cotización exigidos de 15 a 5 años desde el diagnóstico de la discapacidad superior al 45% para acceder a jubilación anticipada, siendo necesario haber trabajado un tiempo efectivo equivalente al período mínimo de cotización. Además, se aplicará el mismo régimen también a las personas que tengan más de una patología discapacitante si, en conjunto, superan el 45% de discapacidad.

En cuanto a las patologías, la nueva norma facilita tanto su acreditación como su actualización. En concreto, la acreditación de la discapacidad se podrá realizar, además de mediante certificación del IMSERSO o de las comunidades autónomas, mediante un informe médico que acredite que ha padecido alguna de las patologías contempladas y la fecha de inicio o manifestación de las mismas. Por otro lado, se pone en marcha un nuevo procedimiento, más ágil y sencillo, para actualizar el listado de patologías, de forma que pasará a estar en el anexo de la norma y se podrá modificar mediante Orden Ministerial del Ministerio de Inclusión.

Jubilación demorada

El segundo Real Decreto culmina la reforma de los incentivos de la jubilación demorada que se inició en 2021 mediante la regulación de una fórmula mixta que permite combinar los dos tipos de beneficios ya vigentes para aquellos que decidan retrasar voluntariamente el acceso a la jubilación: un aumento porcentual de la pensión y la percepción de un pago único (“cheque”) en el momento de jubilarse.

Aquellos que opten por esta nueva fórmula y que retrasen su jubilación entre 2 y 10 años recibirán simultáneamente un incremento de su pensión del 2% por cada año que demoren el acceso a la jubilación, y un pago único equivalente a la mitad del que le correspondería si optaran por la fórmula actual del pago único. Si se ha retrasado 11 años o más, el incentivo será de un pago único aplicado a 5 años del periodo demorado y un incremento del 2% de la pensión por cada año de demora.

La reforma de los incentivos a la jubilación demorada ya está teniendo resultados positivos. En 2022, primer año de aplicación de la nueva norma, el porcentaje de personas que optaron por esta posibilidad ascendió al 5,4% de las personas que se retiraron, y en el primer trimestre de 2023, este porcentaje ha subido al 7,8%. En lo que va de 2023, 1.148 nuevos pensionistas (el 17% de las pensiones que se han beneficiado de algún tipo de con complemento por demora, frente al 12% en el mismo periodo de 2022) han optado por el pago único, cuya cuantía media es de 13.100 euros

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