La cámara catalana aprueba la anulación de cerca de 64.000 procesos judiciales entre el 1938 y el 1978.

El Parlament de Cataluña declara ilegales los juicios franquistas

Este jueves 29 de Junio de 2017, el Parlament ha aprobado por unanimidad anular cerca de 64.000 procesos judiciales hechos por el franquismo entre los años 1938 y 1978. La cámara catalana ha declarado la «nulidad de pleno derecho» de las sentencias de la jurisdicción franquista y las resoluciones por «causas políticas».

El PPC, se ha añadido al resto de partidos políticos que votaron a favor de esta ley de reparación jurídica de las víctimas del franquismo. Las asociaciones de víctimas y de memoria histórica fueron quienes promovieron el texto, e impulsado por los partidos Junts pel Sí, Catalunya Sí que es Pot y la CUP. El grupo de los socialistas catalanes se añadieron más tarde y PPC y Ciudadanos anunciaron a última hora que darían su apoyo.

La proposición de ley de reparación jurídica de las víctimas del franquismo

Exposición de motivos

El día 29 de septiembre de 2008, Fraude ChristineGläser y M. Pascal Brice, entonces
cónsules generales en Barcelona de Alemania y de Francia, respectivamente, participaron
en un acto solemne en el Palau de la Generalitat con motivo de conmemorar el 69º
aniversario del fusilamiento del Presidente Lluís Companys, en un acto promovido por la
Comisión de La Dignidad. En ese acto, la Sra. Gläser y el Sr. Brice pidieron
formalmente excusas por la participación de sus respectivos países en la detención y la
posterior deportación a España del Presidente de Cataluña, hechos que acabarían con la
su vida, asesinado por el régimen franquista.

Hecho por el que el Parlament de Cataluña expresa su reconocimiento y agradecimiento a los
Estados alemán y francés por aquel acto de reparación histórica y de justicia.

El 15 de octubre de 2015 se conmemoró el 75 aniversario del fusilamiento del
President Companys y el 20 de noviembre del mismo año procedía 40 años de la muerte
natural del dictador Francisco Franco. A pesar de todas las peticiones hechas desde
Cataluña a lo largo de muchos años, ningún gobierno del Estado español, sea del color político
que sea, ha sido capaz de hacer un acto similar a los protagonizados por los representantes
diplomáticos de Alemania y Francia acreditados en nuestra capital, y menos
de erradicar del sistema jurídico español los simulacros de juicios llevados a cabo por
motivos políticos por la dictadura franquista.

Las excusas de algunas fuerzas políticas, en el sentido de no reabrir viejas heridas del
pasado, son inconcebibles en un contexto democrático que no busca la revancha, sino la
justicia, como así lo demostraron Alemania y Francia en su momento. La constante
negativa de España a anular los consejos de guerra sumarísimos por causas
políticas llevados a cabo por el régimen franquista, y singularmente el procedimiento sumarísimo
contra el presidente Companys, sólo se puede entender en el contexto de una democracia
débil, incapaz de reparar las personas represaliadas por motivos políticos.

Hay que recordar que el Estatut de Cataluña de 1932 fue derogado por la Ley de 5 de abril
de 1938, un acto ilegal de la dictadura franquista que sólo pudo ser impuesto
por la fuerza de las armas. Aquel Estatut atribuía a la Generalitat competencias plenas
en el ámbito de la Justicia, ejercidas por el traspaso de servicios establecido por el Decreto de 25
de octubre de 1933, en concurrencia con la alta magistratura del Tribunal de Casación
de Cataluña y el Procurador General de Cataluña. Por lo tanto, considerando que la
Generalitat de Catalunya en ese momento y de acuerdo con el Estatut de Autonomía de
1932 tenía plenas competencias en administración de justicia y tribunales, los procesos
aplicados por el procedimiento de los consejos de guerra se llevaron a cabo vulnerando las
competencias de la legalidad entonces vigente, tanto de los procedimientos como las
garantías procesales establecidas.

Aquellos procesos políticos contrarios a la legalidad se mantuvieron hasta la muerte del
dictador en consejos de Guerra por causas de carácter político con infracción de los derechos
fundamentales de muchas personas, que fueron injustamente sometidas y algunas de ellas
ejecutadas.

La legalidad no sería restablecida en Cataluña hasta la restauración de la Generalitat de
Cataluña, llevada a cabo por el Real Decreto Ley 41/1977 de 29 de septiembre, antes de
la aprobación de la Constitución Española, que derogó la Ley de 5 de abril de 1938 y
permitió la recuperación de la plena personalidad jurídica y política de la Generalitat,
con el retorno del Presidente legítimo elegido en 1954 por este Parlament.

Después de las elecciones del 27 de septiembre de 2015, Cataluña ha iniciado un camino
constituyente propio. 40 años después de la muerte del dictador Franco y habiendo comprobado
que el Estado español durante estos 40 años no ha llevado a cabo actos de estricta justicia
como la anulación de los consejos de guerra sumarísimos llevados a cabo por el franquismo por
motivos políticos, contra el propio presidente de la Generalitat Lluís Companys y miles de
ciudadanos, el Parlament de Catalunya ha de asumir la responsabilidad que
contrajo desde el momento en que se empezaron a producir los hechos en Cataluña,
durante la primera legislatura, desde abril de 1938 hasta 1975.

Las Naciones Unidas en los últimos años ha requerido varias veces a las instituciones
del Estado Español que se repararan las víctimas de aquellos procesos anulándolos.
Lo ha hecho desde el Comité de Derechos Humanos y en el último informe del Relator Especial
sobre promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición del
Consejo de Derechos Humanos en el último período de sesiones del 22 de julio de 2014 que
ha requerido a nuestras instituciones «Establecer mecanismos idóneos para hacer efectiva
la nulidad de las sentencias en violación de los principios fundamentales del derecho y de los
procedimientos establecidos, durante la guerra civil y el franquismo «. Por eso ha llegado
el momento de asumir la responsabilidad histórica del Parlament de Cataluña, ante
los ciudadanos víctimas de aquellos procesos, reparando los abusos cometidos
contra la legalidad judicial y procedimental de la que la Generalitat era garante, haciendo la
reparación exigida.

De ahí que esta ley declara la nulidad de los Consejos de Guerra producidos en
Cataluña desde el 5 de abril de 1938 a diciembre de 1975 y prevé el establecimiento de un
procedimiento administrativo para hacer efectivo el reconocimiento individual de la nulidad de
cada proceso a los afectados o sus familiares sucesores.

Por tanto, en aplicación de la soberanía que el pueblo de Cataluña ha concedido a este
Parlamento los Grupos Parlamentarios abajo firmantes presentan la siguiente,

Ley de reparación jurídica de las víctimas del franquismo

ARTÍCULO 1. Se declaran nulos y sin ningún efecto jurídico todos los consejos de guerra
sumarísimos y las correspondientes sentencias, instruidos por causas políticas en
Cataluña por el régimen franquista de acuerdo con el Ban de 28 de julio de 1936, el Decreto
de 31 de agosto de 1936, el Decreto número 55 de 1 de noviembre de 1936, la Ley de 2 de
marzo de 1943, la Ley de 18 de abril de 1947, el Decreto 1794/60, de 21 de septiembre, y el
Decreto Ley 10/75, de 26 de agosto.

ARTÍCULO 2. El Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña, de acuerdo con la presente ley, emitirá a solicitud de los procesados o de sus familiares una certificación de la nulidad del procedimiento y sentencia correspondientes.

DISPOSICIÓN FINAL

1. Se faculta al Gobierno de la Generalitat de Cataluña para establecer el procedimiento administrativo oportuno para el desarrollo de lo establecido en el artículo 2 de esta ley. Este desarrollo reglamentario deberá hacerse vía de una orden, en el plazo de tres meses a contar desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña.

2. El preceptos que eventualmente comportaran la realización de gastos con cargo a los Presupuestos de la Generalitat, producirán efectos a partir de la entrada en vigor de la Ley de presupuestos correspondiente al ejercicio presupuestario inmediatamente posterior a la entrada en vigor de esta ley.

1 Comentario

  1. Soy andaluz. Mi padre también lo era. En Agosto de 1.938 fué condenado, en un juicio sumarisimo celebrado en Algeciras a la pena de muerte. Había sido hecho prisionero en el frente de Teruel. Su delito, estar afiliado a la CNT y haberse enrolado en el «ejército rojo sublevado» . A los dos años, después de ver las «sacas » nocturnas diarias, le fué conmutada la peña de muerte por la de cadena perpetua y posteriormente, puesto en libertad. Murió dias antes de cumplir los 99 años. Ojalá viviese para conocer esta Ley de reparación de víctimas del franquismo aprobada por vosotros, los catalanes. Y ojalá tomen ejemplo de ustedes los gobernantes nacionales y hagan lo mismo en todo el territorio nacional. Significaría mucho para mí obtener el certificado de nulidad de su condena, cuya sentencia conseguí y obra en mi poder.
    Enhorabuena a todos los catalanes.

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