La Circular, que da de plazo hasta el 31 de diciembre de 2010 para que las citadas sociedades adapten sus sistemas, establece que las entidades deben contar con una buena organización administrativa y contable, y procedimientos y mecanismos de control interno y de gestión de riesgos.

Deben tener mecanismos de seguridad en el ámbito informativo para la prevención de blanqueo de capitales, un régimen de operaciones vinculadas y un reglamento interno de conducta que regule las transacciones personales de los empleados.

Y deberán estar estructuradas de tal modo que se reduzca al mínimo la existencia de conflictos de interés. Hasta el momento, el desarrollo normativo de las obligaciones de control interno se ha limitado a las operaciones con instrumentos financieros derivados o con instrumentos financieros no cotizados realizadas por las gestoras y sociedades de inversión.

Uno de los objetivos de la citada Circular ha sido desarrollar las obligaciones de control interno previstas en el marco general para hacerlas extensivas a todas las actividades relacionadas con la gestión, administración y representación de las IIC, y no sólo a las relacionadas con los derivados o valores no cotizados.

El desarrollo de los requisitos organizativos y de control interno previstos en la Circular se encuentra en línea con las normas establecidas para la prestación de determinados servicios de inversión, establecidas en la Directiva MiFID y en sus normas de desarrollo.

La Circular recoge los principios contenidos en el asesoramiento que el Comité Europeo de Reguladores (CESR) ha trasladado a la Comisión Europea para la adopción de las normas de nivel II de la nueva directiva UCITS IV, en especial en lo referido al pasaporte de la gestora.

La nueva Circular ha desarrollado las obligaciones y procedimientos de control interno con los que deben contar las gestoras, alineándolas al máximo con los desarrollos existentes a nivel europeo y con las normas establecidas para la prestación de determinados servicios de inversión, derivadas de la Directiva MIFID.

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