El equipo fiscal de SJ Berwin ha analizado este jueves las principales novedades que las empresas españolas deben afrontar en el cierre del impuesto sobre sociedades del ejercicio 2012 que, en condiciones generales, realizarán en el próximo mes.
Alberto Ruano, socio de SJ Berwin, y Pablo Tejerizo, asociado de la firma, han explicado que algunos de los principales puntos a tener en cuenta serán: las limitaciones al deterioro de determinados activos; la derogación de la libertad de amortización de elementos nuevos del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias; los nuevos supuestos de gastos no deducibles; la limitación a la deducibilidad general de los gastos financieros netos; las modificaciones en determinadas exenciones; la limitación a la compensación de bases imponibles negativas y la limitación a la aplicación de determinadas deducciones.
Desde el punto de vista de Pablo Tejerizo, unas de las principales novedades se encuentra en la limitación a la deducibilidad del deterioro del valor de ciertos elementos patrimoniales a la hora de determinar la base impositiva. Según explica el asociado, «en este punto las reformas realizadas por el gobierno limitan la deducibilidad del deterioro del fondo de comercio financiero del 5% al 1% anual, aplicación que está limitada a adquisiciones de participaciones en entidades no residentes realizadas antes del 21 de diciembre de 2007». Esta limitación de la deducibilidad del deterioro del 5% al 1% anual también se aplica al fondo de comercio denominado “puro”. En el caso del deterioro de los activos intangibles con vida útil indefinida, la limitación de la deducibilidad pasa del 10% al 2% anual.
En opinión de Alberto Ruano y Pablo Tejerizo, dentro del cierre del impuesto sobre sociedades otro de los puntos más relevantes es la inclusión dentro de los gastos no deducibles de algunos gastos financieros «intra-grupo», como, por ejemplo, la financiación intra-grupo para adquirir a otra entidad del grupo participaciones en cualquier tipo de entidad o para recapitalizar otra entidad del grupo.
La limitación general a la deducibilidad de los gastos financieros netos también se encuentra entre las novedades más destacadas. Pablo Tejerizo explicó que este punto tiene especial importancia por el hecho de que la norma «está diseñada como una regla de imputación temporal que no ha venido acompañada de – régimen transitorio alguno, lo que, a día de hoy, ya ha provocado el fracaso de muchos project finance».






