Las redes sociales se han consolidado como uno de los principales canales de consumo de contenido, publicidad y entretenimiento. Instagram, TikTok o YouTube han dejado de ser simples plataformas de ocio para convertirse en auténticos medios de comunicación, donde influencers, marcas y agencias colaboran de manera habitual en el desarrollo de una actividad profesional con un importante impacto económico y reputacional.

fiscalidad influencersAunque todavía se cuestione en ocasiones la profesionalidad de los influencers, lo cierto es que crear contenido de forma constante, mantener una comunidad activa y generar valor para las marcas exige dedicación, estrategia y responsabilidad. Como cualquier otra actividad profesional, esta labor también debe contar con un respaldo jurídico adecuado.

Publicidad en redes sociales: ¿qué dice la normativa?

Al igual que ocurre en la televisión, la radio o la prensa, la publicidad en redes sociales está sujeta a normas específicas. La diferencia es que, en el entorno digital, la frontera entre contenido personal y contenido publicitario puede resultar menos evidente para el consumidor.

En la actualidad, el marketing de influencers se encuentra regulado, de forma general, por la Ley General de Publicidad, la normativa de comunicación audiovisual y el Código de Conducta de Autocontrol.

Publicidad engañosa vs. publicidad encubierta

Conviene distinguir dos conceptos que a menudo se confunden:

La publicidad engañosa es aquella que induce o puede inducir a error al consumidor sobre las características esenciales de un producto o servicio, como sus beneficios o condiciones, y que puede afectar a su comportamiento económico. En este caso, el problema reside en el contenido del mensaje.

La publicidad encubierta, en cambio, no engaña por lo que dice, sino por ocultar su verdadera naturaleza comercial. Se presenta como contenido espontáneo o personal cuando, en realidad, existe una relación comercial detrás.

Desde el punto de vista legal, el principal riesgo es la publicidad encubierta, ya que vulnera el principio de transparencia.

Entonces, ¿es obligatorio poner #publicidad?

Sí. Siempre que exista una colaboración remunerada o cualquier otro tipo de acuerdo comercial, el contenido debe identificarse de forma clara como publicidad desde el inicio.

Esto incluye, entre otros supuestos:

Pagos económicos directos.
Regalos o productos gratuitos a cambio de publicación.
Invitaciones, viajes o experiencias vinculadas a la creación de contenido.
Cualquier ventaja ofrecida por una marca a cambio de visibilidad.

La identificación puede hacerse mediante etiquetas como:

#publicidad
#publi
#ad
“Colaboración con…”
“En colaboración con…”

Lo importante no es solo la etiqueta utilizada, sino que el mensaje resulte claro, visible y comprensible para el usuario desde el primer momento.

El objetivo de esta obligación no es demostrar que el creador utiliza el producto en su vida privada, sino garantizar la transparencia frente a la audiencia.

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Si quieres profundizar con ejemplos reales y un enfoque práctico, te invitamos a escuchar nuestro podcast “Derecho y ¡acción!”. En el episodio 6, “La red social: Influencers, marcas y derechos de imagen”, colaboramos con Belleville Agency para analizar los principales retos legales a los que se enfrentan los creadores de contenido.

Puedo también rehacerlo con un tono más periodístico, más jurídico o más divulgativo.

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