El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha elevado al Consejo de Ministros el informe elaborado por la comisión de expertos para adaptar a la España actual la Ley de Demarcación y Planta Judicial.

Esta iniciativa se enmarca también en el ambicioso Plan de Modernización de la Justicia, puesto ya en marcha, que conducirá a la transformación general de esta administración para mejorar definitivamente su servicio al ciudadano.

La comisión de expertos se creó en septiembre del pasado año con el objetivo de realizar un estudio previo que sirva de base para la elaboración de una nueva Ley de Demarcación y Planta Judicial, adaptada a la realidad demográfica y a la configuración actual del sistema de justicia, que sustituya a la actual, que data de 1988 y que, a su vez, se basó en el modelo establecido en el Siglo XIX.

Presidida por el secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo, han formado parte de la comisión: Silvia Barona Vilar, José Luís Bueren Roncero, Landelino Lavilla Alsina, Fernando Ledesma Bartret, Augusto Méndez de Lugo y López de Ayala, Victoria Ortega Benito, Herminia Palencia Guerra y Juan Antonio Xiol Ríos.

Durante los más de veinte años de vigencia de la actual Ley, en los que ha sido necesario modificar su texto en catorce ocasiones y se han creado 2.557 nuevas unidades judiciales, la planta judicial se ha duplicado y se han creado órganos judiciales de nuevo cuño que no estaban contemplados en el diseño original.

Es el caso, por ejemplo, de los juzgados de lo contencioso-administrativo, de lo mercantil, de menores o de violencia de género.

La opinión generalizada hoy es que el sistema vigente ha agotado todas sus virtualidades. La creación de más de 700 unidades judiciales entre 2001 y 2009 no ha impedido el incremento porcentual anual de la pendencia de asuntos, que en 2008 alcanzó el 15,80% interanual.

En términos generales, la tasa de crecimiento anual promedio (2002-2008) de la pendencia (4.95) ha sido el doble de la de creación de nuevos órganos (2.70)

El problema no se circunscribe, por tanto, sólo a la dotación de medios sino también a la inadecuación de la organización judicial a los nuevos tiempos, realidades y necesidades sociales.

La Administración de Justicia está, al fin, inmersa en un proceso de transformación en el que las nuevas tecnologías permiten un funcionamiento más ágil de todos los servicios y determinan modelos más eficientes de organización. El paradigma de unidades aisladas y autosuficientes está siendo sustituido por el trabajo en Red y la interoperabilidad.

La reciente reforma de la legislación procesal para la implantación de la Nueva Oficina Judicial supone un cambio estructural para ajustarse a este nuevo modelo organizativo.

Por todo ello, la comisión de expertos ha optado, de manera unánime, por presentar un informe de conclusiones y recomendaciones que sirvan de guía maestra para la elaboración de la futura Ley, en la que habrán de participar todos los sectores y actores implicados.

Reorganizar la demarcación y planta de la Justicia es una cuestión de Estado, por lo que es imprescindible abrir un proceso debate público y de diálogo constructivo para la formación del mayor consenso posible, que sin duda requerirá máxima responsabilidad y generosidad por parte de todos.

Principales recomendaciones de la comisión

1. Superación del partido judicial como base del modelo:

El partido judicial responde a un contexto histórico caracterizado por grandes deficiencias en las infraestructuras públicas y por las consiguientes dificultades de comunicación y desplazamiento. En la actualidad, el recto entendimiento del derecho de todas las personas a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, reconocido en el artículo 24 de la Constitución obliga a conciliar la garantía de fácil acceso de todos los ciudadanos a los órganos judiciales y la necesidad de evitar una dispersión excesiva de medios personales y materiales que quebrantaría los principios de racionalidad, economía y aprovechamiento de los recursos públicos por los que se rige toda organización eficaz. En este sentido, deben estudiarse nuevas fórmulas encaminadas a superar la desfasada división en partidos judiciales propia de otras épocas, y diseñar estructuras territoriales más homogéneas y acordes con la España actual.

2. Extensión de la organización colegiada

La nueva ordenación de la planta permitiría trasladar las ventajas del sistema de organización colegiada a los tradicionales ‘juzgados’, que podrán estructurarse como un único tribunal con el número de jueces que sea preciso, con un presidente y con una oficina que preste servicio a todos ellos.

3. Creación de tribunales de base o primer grado

Es necesaria la creación de un primer escalón en la organización del poder judicial encargado de conocer de aquellos asuntos que no revisten una especial complejidad y pueden recibir un tratamiento más ágil. Estos tribunales se distribuirían de acuerdo con variables objetivas como la población, la carga de trabajo o la accesibilidad geográfica. Las plazas de estos órganos se han de cubrir con los primeros escalones de la carrera judicial, favoreciendo el acopio de experiencia por parte de los jueces de nuevo ingreso como paso previo a su promoción profesional.

4. Creación de tribunales de instancia

Los órganos judiciales de instancia, en cuanto tribunales especializados situados en núcleos urbanos importantes, responden a la necesidad de establecer un sistema moderno de organización judicial, más ajustado a la realidad de los países de nuestro entorno, en los que este tipo de unidades judiciales especializadas y concentradas ha permitido alcanzar mayores cotas de eficacia. Estos tribunales permitirían implantar un nuevo modelo que atienda principalmente a la naturaleza del asunto a enjuiciar.

5. Atribución de la investigación penal al Ministerio Fiscal

La superación del actual ‘partido judicial’ y la concentración de la instancia están íntimamente ligadas a la necesidad de cambiar el sistema actual de investigación penal. Aprovechando la especial fisonomía del Ministerio Fiscal, como órgano dotado de una mayor movilidad territorial y capacidad de especialización dentro del orden penal, cabe establecer un nuevo modelo de investigación penal más ágil, flexible y adaptado a los distintos tipos de delincuencia.

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