El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba ha condenado a la aerolínea irlandesa de bajo coste, Ryanair, a indemnizar a una pasajera mediante una sentencia dictada el pasado 23 de enero y hecha pública este miércoles. 

Ryanair deberá indemnizar con 692,4 euros a una pasajera que quería volar de Sevilla a Barcelona pero que no pudo viajar dado que la aerolínea no dejó embarcar a su hijo de cuatro años de edad por no llevar DNI ni pasaporte.

La clave del caso radica en que según la legislación española, ninguno de los documentos era necesario ya que los menores de 14 años pueden viajar sin documentación en vuelos nacionales. Por ello, el tribunal consideró injustificada la denegación de embarque del menor y obligó a Ryanair a indemnizar a la demandante con una compensación de 250 euros y a rembolsar el importe de los viajes que no utilizó y el de los billetes que tuvo que comprar. 

Largo proceso de reclamaciones

La usuaria puso el caso en manos de Facua Córdoba, que presentó sendas denuncias contra Ryanair ante la autoridad de Consumo de la Junta de Andalucía y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio de Fomento.

Por su parte, el Servicio de Consumo de Córdoba rehusó actuar y se inhibió en favor de la AESA, «sin sancionar a Ryanair por incurrir en prácticas abusivas, contrarias a la legislación de protección de los consumidores», apunta Facua. Aesa, por su lado, contestó en abril de 2011 resolviendo que la compañía debía devolver a la afectada el importe de los billetes y abonarle una compensación de 500 euros (250 por pasajero), «pero tampoco impuso ninguna multa».

Ante la negativa de Ryanair a acatar la resolución de la AESA, María José interpuso la demanda judicial en que, por tratarse de un procedimiento verbal y reclamar una cantidad inferior a 2.000 euros, no necesitó ir acompañada de abogado ni procurador.

Se repiten las irregularidades

Facua ha lamentado la «dejación y permisividad» con las «irregularidades» de Ryanair mostradas por las autoridades competentes y ha señalado que desde 2011 viene denunciando la denegación de embarque a menores y adultos al exigirles documentación que no es obligatoria según la normativa española.

En la actualidad, según apunta la organización de consumidores, la aerolínea irlandesa «continúa vulnerando la legislación» ya que exige que «en todos los trayectos» el pasajero lleve «un pasaporte válido o un documento nacional de identidad», según indican los términos generales y condiciones de transporte que aparecen en su página web.

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