José María Dutilh, Socio Director de Le Quid, despacho de abogados especializado en el Derecho de los negocios, intervino en las Jornadas Técnicas In Memoriam D. Felipe Segovia y detalló las reacciones legales posibles en el caso de abandono de barcos en el XII Foro de Turismo Náutico, organizado por Área de Turismo Náutico, Real Liga Naval Española (RLNE) y la Cátedra de la Mar de la Facultad Ciencias Jurídicas y Económicas de la Universidad Camilo José Cela (UCJC).
El Socio Director de Le Quid comenzó analizando los problemas que acarrea esta problemática al sector y declaró que “los más destacables son la falta de ingresos para el puerto, ocupación del espacio, el deterioro del barco, peligrosidad y contaminación; además de las dificultades en la identificación y notificación del propietario y por último, la existencia o no de cobertura de la Responsabilidad Civil.
Por otra parte, Dutilh especificó que las acciones posibles ante el abandono de una embarcación son, en primer lugar, la declaración de abandono recaída en un procedimiento administrativo especial, reclamación y ejecución de créditos públicos y créditos privados (administración judicial y administración para pago, subasta, etc.), el concurso de acreedores, privilegios marítimos, el derecho de su ejecución separada y la acción contra las compañías aseguradoras.
José María Dutilh también hizo hincapié en que “las posibles ventajas del concurso de acreedores son el privilegio del crédito del acreedor instante; las especiales medidas cautelares; la sustitución del administrador social por concursal; la calificación como culpable más apertura de liquidación, es decir, la condena al déficit patrimonial; la mayor celeridad para realización de bienes; la posibilidad de afectar el patrimonio de administradores de hecho y de derecho, apoderados generales y de quienes hayan tenido esta condición dentro de los dos años anteriores a la fecha de aquella declaración; y por último, las acciones de reintegración”.