Consulte aquí la sentencia completa.

El ex alcalde fue denunciado por quien fue su secretaria durante más de una década, Isabel Penedo, y el juicio quedó visto para sentencia el pasado 12 de enero, tras tres jornadas de vista oral y en el que la fiscalía solicitó una pena de tres a cinco años de cárcel, que luego redujo a dos, y ocho de inhabilitación.

La sentencia absolutoria alega una «sistemática imprecisión y generalización de hechos» en el escrito de acusación particular, y como ejemplo de lo segundo cita que se aluda a un artículo del Código Penal sobre torturas y otros delitos contra la integridad moral para referirse al supuesto acoso sufrido por la denunciante.

También llama la atención sobre que «ni siquiera se describe en qué consistieron las lesiones que sufrió» la ex secretaria, a las que «se alude genéricamente como lesiones psíquicas de carácter grave y permanente o daños y lesiones evidentes de carácter psíquico o mental».

Isabel Penedo relató, en su declaración, que fue objeto de proposiciones sexuales por parte del ex alcalde a cambio de favores -dijo que le llegó a ofrecer pisos y coches- y que rechazó, momento a partir del cual fue degradada y «aislada» físicamente en otras dependencias municipales; un extremo que negó el acusado, quien destacó la «impuntualidad» de la empleada.

Penedo afirmó que Barros le llegó a comentar: «esto se arregla con dos horas de cama», cuando volvió a trabajar junto al ex alcalde una vez finalizado el periodo de «aislamiento» y tras ser degradada a las funciones de jefa de puesto de negociado, cuando se encontraba de baja, como represalia por una primera denuncia que interpuso.

Afirmó que el «calvario» que vivió durante el tiempo que supuestamente fue hostigada por el ex alcalde le ha dejado «secuelas personales, laborales y familiares» y que continúa bajo tratamiento psiquiátrico y psicológico.

Ante tales acusaciones, el ex alcalde de Porriño se limitó a decir en su declaración que «eso no es así» o «es totalmente incierto».
La sentencia absolutoria hecha pública hoy no es firme y por lo tanto es susceptible de ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.

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