Esta semana ha sido muy proclive en lo que a análisis fiscales se refiere. Distintos bufetes, como Adarve, con sede en Madrid, o AGM Abogados, en Barcelona, han organizado diferentes seminarios para analizar cómo afectan a las empresas y a los contribuyentes, las recientes modificaciones impulsadas por el nuevo gobierno a través del Decreto Ley 20/2011. En concreto, los debates se centraron en los efectos que pueden conllevar modificaciones en el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes o el IVA.
En el ‘Café Fiscal’ organizado por Adarve, el pasado día 1 de Febrero, se expuso también la “resurrección oficial del Impuesto sobre el Patrimonio” y se debatió sobre su dispar aplicación en las distintas Comunidades Autónomas. Asimismo, se valoró la adecuación de las nuevas medidas implementadas por el recién estrenado gobierno a la legislación europea.
“Las nuevas medidas fiscales son temporales, para combatir el déficit público, y por tanto todos los contribuyentes tendrán que estar atentos a nuevos futuros cambios en la tributación de los principales impuestos”, comentó José María Moyano, Socio, Director del Área Fiscal de Adarve, que fue el artífice de esta jornada, junto con su compañero Gorka Vellé, Abogado Asociado de la misma Área.
La normativa fiscal es propensa a cambios constantes, y por ello Adarve organiza periódicamente su Café Fiscal, seminario informal durante el cual se expone un tema concreto de interés a un grupo reducido de profesionales y clientes. Este no permite únicamente actualizarse en las últimas novedades, sino que también permite participar en un debate sobre materias siempre complejas en un ambiente distendido
Reunión en AGM Abogados
Por otro lado, el jueves 2 de febrero se celebró en el despacho de AGM Abogados en Barcelona una reunión con un nutrido grupo de empresas para reflexionar sobre el Decreto Ley 20/2011. En el debate se analizaron las principales medidas de carácter tributario adoptadas en la norma, haciendo especial hincapié en el IRPF y en el IS. De esta forma se examinó el aumento en los tipos impositivos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los ejercicios 2012 y 2013.
Según apuntaron las conclusiones de la discusión, esta medida comportará que se eleven a su vez las retenciones a aplicar a los rendimientos generados por los contribuyentes, teniendo especial incidencia en las rentas del trabajo y en las rentas del capital. La reforma entró en vigor el 1 de enero de 2012, a excepción de las retenciones que soporten los trabajadores asalariados que han visto sus efectos desde el pasado miércoles, 1 de febrero.
El citado aumento de tipos impositivos en el IRPF oscila entre un 0,75% y el 7%, con respecto a la cuota estatal. Así, la tributación en España por el IRPF puede llegar a un tipo máximo del 52%, si bien la mayoría de las Comunidades Autónomas están muy por encima de éste, llegando al 56% en el caso de Catalunya o el 55% en Andalucía, Extremadura y otras. De esta manera, España se coloca
entre los países de la Unión Europea que más pagan por las rentas del IRPF, sólo por detrás de Bélgica y Suecia. Algunas voces autorizadas ya están considerando que esta subida tiene tildes confiscatorias.
Esta situación puede dar lugar, según AGM Abogados, a que contribuyentes con rentas elevadas y con un patrimonio significativo tengan la tentación de modificar su residencia fiscal e instalarse en otra Comunidad Autónoma en la que la tributación sea algo más “suave”.
Los contribuyente con rentas superiores a 30.000€ verán incrementada su carga tributaria en más de un 5 %, si éstas son superiores a 60.000€ en más de un 7%, o de 8,5% si son superiores a 120.000€, y así sucesivamente, por lo que se verá rápidamente el efecto en las nóminas de muchos de ellos, lo que retraerá ineludiblemente el consumo en este país, por lo que los efectos de la crisis se dejarán notar por un largo espacio de tiempo.
Por otro lado, las rentas del ahorro también van a verse afectadas. Hay una subida de los tipos que pasa del 21 % al 25 % para rentas superiores a 6.000€ y 27 % para rentas superiores a 24.000€. Como contrapartida se ha restablecido la deducción por adquisición de vivienda desde enero de 2011.
En el Impuesto sobre sociedades se ha reintroducido alguna deducción con carácter temporal y se ha prorrogado para el 2012 el tipo híper reducido para las microempresas del 20% para los primeros 300.00€ de beneficios.
En el Impuesto sobre no residentes se eleva el tipo del 24% al 24,75%. A su vez, se incrementan los tipos de gravamen del IBI, y entre otras, se suprime el canon digital y la renta básica de emancipación de jóvenes.
La conclusión del debate abierto con los asistentes fue que difícilmente pueden animar a la sociedad este tipo de medidas que afectan a la capacidad contributiva de los contribuyentes, en especial a aquellos que viven de su esfuerzo personal, y sujetos a nómina, por lo que se verá afectado el consumo y por ende la economía del país. Se echó en falta medias que faciliten a las empresas la obtención de crédito que posibiliten la reactivación económica tan necesaria por estos lares. En definitiva, parece evidente que es necesario revisar en profundidad el sistema tributario español para que pueda haber una redistribución de las cargas tributarias más equitativo.