Amnistía Internacional expuso en la comisión de la Cámara de Diputados de Chile que investiga pensiones de gracia post estallido.

La comisión especial investigadora que analiza el otorgamiento de pensiones de gracia tras el estallido social, continuó con su ronda de audiencias.

El director nacional de Amnistía Internacional, Rodrigo Bustos, entregó el parecer de la entidad respecto de los hechos ocurridos en el marco del estallido social y las violaciones a los DDHH relacionados que dieron lugar al otorgamiento de pensiones por parte del Estado.

El grupo parlamentario recibió a Bustos, quien expuso la visión del organismo respecto de la investigación. Enfatizó en la obligación que debe tener todo país, de cumplir con los estándares internacionales de DDHH.

Dijo estar completamente de acuerdo con que se investiguen los hechos que son materia del trabajo de la comisión. Lo anterior, dado que debe existir plena transparencia respecto del uso de los recursos, cuando se trata de pensiones entregadas por el Estado.

Sin embargo, aclaró que el organismo observa con inquietud parte de los fundamentos que dan origen a la investigación. Ello, porque la comisión indaga “la eventual participación de los beneficiarios, en tanto víctimas de abusos, como participantes en hechos constitutivos de delito”. En ese marco, llamó a no adelantar juicios, más allá de que en el trabajo de la instancia se investigue lo que corresponde.

Bustos formuló un llamado a los legisladores a que, adicionalmente se hagan todos los esfuerzos en avanzar en materia de reparación, a las víctimas de violaciones a los DDHH.

También respondió a las consultas sobre la procedencia de entregar una pensión a alguien que fue víctima de lesiones leves, según el informe médico. Al respecto, el director de Amnistía Chile plateó que ello puede responder a otras causas.

Explicó que la figura de menoscabo permanente debe considerarse. El punto es que las lesiones no solo son físicas; también puede haber un tema sicológico prolongado como crisis de pánico, angustia constante o tormentos.

Asimismo, agregó que no se puede vincular la existencia de sentencias condenatorias al registro de violaciones a los DDHH. Sostuvo que, muchas veces, o se eternizan los procesos o no se ubica al responsable de los apremios.

Cabe recordar que el grupo legislativo reúne antecedentes relativos a actos de Gobierno, particularmente, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, sin perjuicio de otros organismos que resulten competentes en la materia, relacionados con el los criterios para otorgar estas pensiones a presuntas víctimas de hechos ocurridos a partir del 18 de octubre de 2019.

En sus fundamentos, el texto recuerda que en la Ley de Presupuestos de 2021 se contempló una glosa destinada a reparar económicamente a las eventuales víctimas. Ello, dentro de la asignación “Jubilaciones, Pensiones y Montepíos” -de más de 52.500 millones de pesos- de la partida del Tesoro Público.

Allí se establece que se podrá considerar como beneficiarios a aquellas víctimas de violaciones a los derechos humanos acreditadas por el Instituto de Derechos Humanos que, a causa de sus lesiones, sufran menoscabo permanente, completo o parcial, de su capacidad de trabajo desde el 18 de octubre de 2019 en adelante.

Finalmente, busca indagar la categorización de las lesiones y montos asignados, la determinación del menoscabo laboral y la participación del INDH en este procedimiento, en particular, durante el año 2022. En ese plano, persigue realizar una evaluación y un análisis más detallado, a fin de descartar posibles irregularidades en el otorgamiento del beneficio.

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