El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ingresó al Congreso el proyecto de ley que moderniza el Consejo de Defensa del Estado.
El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, señaló que el Consejo de Defensa del Estado es una institución clave en la defensa del patrimonio fiscal, y en general, de los intereses del país.
Por eso, para poder adecuarlo a la realidad actual, el Gobierno ha presentado un proyecto de ley que buscar modernizarlo.
En lo fundamental, los cambios apuntan a:
- darle nuevas y mejores atribuciones al Consejo de Defensa del Estado (CDE),
- darle un rol distinto al presidente de este organismo,
- crear una dirección ejecutiva para facilitar su gestión,
- definir formas nuevas para designar a sus consejeros,
- limitar su duración en el tiempo,
- facilitar, cuando corresponda, su remoción.
En concreto, la iniciativa legal establece nuevos requisitos para ser abogado consejero, y modifica el actual sistema de nombramiento los mismos, quienes ahora tendrán que pasar por un concurso público, para que luego, el Consejo de Alta Dirección Pública presente una quina al Presidente de la República, quien finalmente elegirá.
Restringe la duración en el cargo del abogado consejero a 10 años o hasta cumplir los 75 años de edad, eliminando los cupos vitalicios
El proyecto presentado regula un procedimiento de remoción de los abogados consejeros con causales determinadas, el que puede ser solicitado por el Presidente o por un tercio de la Cámara de Diputados.
Dicha solicitud será resuelta por la Corte Suprema, luego de un procedimiento regulado por ley. Las causales de remoción serán: Incapacidad física o psíquica, notable abandono de deberes, negligencia manifiesta e inexcusable en el ejercicio de sus funciones, o por haber incurrido en alguna de las prohibiciones que establece la ley.
Por otro lado, dispone la obligación de tener una dedicación prioritaria en sus funciones para los abogados consejeros y los abogados procuradores fiscales. No podrán, por ejemplo, tener otros cargos remunerados con fondos del Estado, celebrar contratos con el sector público que signifiquen la prestación de sus servicios, así como tampoco podrán participar en propiedad de empresas y sociedades que presten servicios jurídicos al sector público, entre otras limitaciones.
Además, el proyecto de ley establece causales y un procedimiento de inhabilitación de los abogados consejeros. Añade también nuevas prohibiciones posteriores al cese del cargo, como no poder ser nombrados miembros de los Tribunales Superiores de Justicia durante el plazo de un año.
Nuevas funciones del Consejo de Defensa del Estado son otorgadas por la nueva normativa. Entre ellas puedan destacarse la colaboración en la defensa internacional de Chile, a requerimiento del Presidente de la República, la extensión de la intervención del Consejo hasta la etapa de ejecución de la pena, la defensa de los recursos de protección de los órganos centralizados, etc.
Asimismo, el proyecto de ley concedería nuevos deberes y atribuciones al Presidente del organismo, como la facultad de determinar la organización interna del Consejo, previo acuerdo de los abogados consejeros; la facultad de encomendar tareas específicas a los abogados consejeros, y la facultad para definir las materias de especialidad que serán vistas por cada uno.
Finalmente, se consagra por ley un Comité de Ética, integrado por el Presidente del Consejo, un abogado del Servicio y el Presidente del Colegio de Abogados con mayor número de afiliados.
Fuente: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, República de Chile