El Senado de Chile recibió un proyecto de ley para elevar las sanciones a aquellas personas que tiren basura en sitios eriazos y espacios públicos.

En noviembre del año pasado, la Comisión de Medioambiente despachó a la Sala dos iniciativas de ley que sancionan tipos de contaminación.

Los diputados aprobaron y despacharon un proyecto (boletín 15815) que modifica el Código Penal. Su objetivo es aumentar las sanciones a quienes arrojen basura en sitios eriazos y espacios públicos.

La moción parlamentaria aumenta las sanciones respecto de las personas que botan o arrojan basura sitios eriazos y espacios públicos tales como, plazas, caminos, calles u otros.

Además, se propone elevar los rangos sancionatorios a quienes cometen este tipo de conductas en playas, riveras de ríos y zonas protegidas. Estas corresponden a monumentos naturales o áreas de conservación por parte del Estado.

De esta manera, quien ensucie, arroje o abandone basura, en calles, plazas, sitios eriazos espacios públicos u otros bienes nacionales de uso público, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo (desde 61 a 540 días). Además, se aplicará una multa de cuatro unidades tributarias mensuales y prestación de servicios en beneficio de la comunidad.

Proyecto de Ley

Hasta 540 días de presidio y más 250 mil pesos de multa arriesgan quienes arrojen basura en sitios eriazos y espacios públicos.

Así lo establece el proyecto que llegó al Senado, en segundo trámite, y que será estudiado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Para ello, se requiere modificar el Código Penal. Aumentar las sanciones a quienes arrojen basura en sitios eriazos y espacios públicos, es el objetivo principal del proyecto de ley que ingresó al Senado, en segundo trámite constitucional, y que será analizado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Sanciones

La iniciativa eleva los rangos sancionatorios del Código Penal a quienes cometen este tipo de conductas en sitios eriazos y espacios como plazas, caminos o calles, playas o monumentos naturales.

Para quienes incumplan la norma, se propone pena de presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días) y una multa de 4 UTM (aproximadamente $257.372).

Además, se establece la prestación de servicios en beneficio de la comunidad a quienes ensucien, arrojen o abandonen basura, materiales o desechos, en dichos espacios.

La pena de prestación de servicios se aplicará debiendo existir consentimiento previo del condenado; de no existir consentimiento, se aplicará la pena accesoria de multa de 8 UTM (aproximadamente $514.744), sin perjuicio de la pena privativa de libertad.

También se propone sancionar con la misma pena de presidio, multa de 10 UTM y suspensión para conducir vehículos a tracción mecánica o animal, al que encargue o transporte, mediante vehículos motorizados o no motorizados el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos a vertederos o depósitos clandestinos.

Además, se propone sancionar con la pena señalada, pero aumentada en un grado (desde 541 a 3 años y 1 día) y multa de 15 UTM, a quienes cometen este tipo de conductas en playas, riberas de ríos y zonas protegidas, tales como monumentos naturales, áreas de conservación u otros de similares características de protección por parte del Estado.

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