Proyecto impulsado por el senador Enrique Gómez busca modificar el artículo transitorio de la Constitución para hacer que el plazo de la JEP sea improrrogable

Comisión Primera del Senado aprobó en primer debate un proyecto de acto legislativo impulsado por el senador Enrique Gómez que busca no prorrogar el periodo de la JEP y establecer su conclusión en el año 2028.

Si se logra modificar el artículo transitorio de la Constitución para hacer que el plazo de la JEP sea improrrogable y culmine en marzo de 2028, se elimina la posibilidad de los cinco años adicionales previstos en el acuerdo original.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se creó en Colombia como el componente de justicia del Acuerdo de Paz firmado en 2016 entre el Gobierno Nacional y la antigua guerrilla de las FARC-EP.

Sus objetivos principales fueron:

Satisfacer los derechos de las víctimas: Garantizar su derecho a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.

Investigar y juzgar crímenes graves: Esclarecer los delitos más graves y representativos cometidos en el marco del conflicto armado antes del 1 de diciembre de 2016.

Aplicar justicia transicional: Ofrecer un modelo de justicia restaurativa donde los responsables (exintegrantes de las FARC, miembros de la fuerza pública y terceros que participaron voluntariamente) reconozcan sus actos y digan la verdad a cambio de sanciones propias y alternativas a la cárcel tradicional, siempre que no se trate de delitos atroces no amnistiables como crímenes de lesa humanidad o genocidio.

Cerrar el conflicto armado: Poner fin a más de medio siglo de violencia y facilitar la transición hacia una paz estable y duradera

Figuras como el expresidente Juan Manuel Santos y el exnegociador Humberto de la Calle han manifestado que 15 años (contando el tiempo hasta 2028) deberían ser suficientes para que la JEP entregue resultados y que no se deben extender indefinidamente sus límites legales.

Sectores políticos opositores a la JEP sostienen que el tribunal ha sido lento, costoso (con presupuestos billonarios anuales) y un factor de polarización, argumentando que los procesos pendientes deben pasar a la justicia ordinaria para dar un cierre definitivo al país.

Por su parte, defensores del acuerdo sostienen que la JEP ha advertido que recortar su funcionamiento o forzar un cierre anticipado comprometería los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.

Señalan que trasladar expedientes complejos de forma apresurada a la justicia ordinaria desmantelaría el modelo de justicia transicional y podría reactivar el escrutinio de la Corte Penal Internacional (CPI).

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