Magistrado del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, Leonel Torres Labbé da a conocer detalles de la Ley de responsabilidad adolescente a estudiantes de escuela rural

De manera lúdica, haciendo un paralelo con el mundo de los video juegos, el magistrado fue relatando lo que implicaba alcanzar el “Nivel 14”, y los cuidados y responsabilidades que se asume en la vida conforme van pasando los años, o niveles.

“Creo que se ha cumplido el objetivo, de compartir con ellos reflexiones de lo que se puede hacer en sociedad, detalles de la ley 20.084, lo que implica, las responsabilidades por cometer una infracción penal, etc. Así que desde ese punto de vista ellos quedan informados de lo que pueden hacer y lo que no deben hacer”, señaló el magistrado.

La directora del establecimiento, Paula Riquelme, valoró el lenguaje cercano del juez para lograr el fiato necesario con los adolescentes, “el que se acerque a los niños con estrategias metodológicas innovadoras es maravilloso, lo niños se entretuvieron, estuvieron atentos y aprendieron”.

LEY 20.084

La Ley de Responsabilidad Penal Adolescente en Chile (Ley Nº 20.084) regula la responsabilidad de los jóvenes por los delitos que cometen y busca fundamentalmente su reinserción social.

La Ley Nº 20.084 se basan en un sistema de justicia penal especializado y diferenciado del de los adultos, guiado por tratados internacionales y principios de desarrollo

En enero de 2023 se promulgó la Ley N° 21.527, la cual creó el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil para administrar las medidas y sanciones de este sistema.

La Ley aplica a adolescentes de 14 a 18 años al momento de cometer el hecho delictivo (los menores de 14 años no tienen responsabilidad penal y quedan bajo elidades de protección).

La normativa posee un carácter restaurativo y especializado, resguardando los derechos del menor. Los jóvenes no van a cárceles de adultos, sino a centros especiales del Estado (a cargo del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil).

El criterio rector obliga a que todas las decisiones judiciales y legislativas prioricen el bienestar, la protección integral y el desarrollo del joven.

A su vez, reconoce que los adolescentes (de 14 a 17 años) poseen una menor madurez cognitiva, juicio y autocontrol en comparación con los adultos. Por ello, requieren tribunales, fiscales, defensores y centros de cumplimiento especializados.

SISTEMA DE PENAS MIXTO:

1.- Sanciones privativas de libertad:

Internación en régimen cerrado (con programa de reinserción social).

Internación en régimen semicerrado.

Límites máximos de privación de libertad:

Hasta 5 años para jóvenes de 14 a menos de 16 años.

Hasta 10 años para jóvenes de 16 a menos de 18 años.

2.- Sanciones no privativas de libertad y en medio libre:

Libertad asistida y libertad asistida especial (con acompañamiento e intervención de un delegado).

Prestación de servicios en beneficio de la comunidad (entre 30 y 120 horas).

Reparación del daño a la víctima.

Multa (hasta 10 UTM) o amonestación

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