Por medio de un nuevo decreto, el Gobierno Nacional dispuso que se reduzcan del 16% al 3% la cotización a pensión de los trabajadores por dos meses.
Según disposición del Gobierno Nacional, los empleadores del sector público y privado, al igual que los trabajadores independientes, tendrán la posibilidad de reducir voluntariamente su aporte al Sistema General de Pensiones.
Esta decisión es tomada por el Gobierno en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica que se declaró en el país para afrontar la pandemia del Covid- 19.
La voluntariedad porcentual del pago de las cotizaciones de pensiones fue plasmada en el Decreto 558 de 2020, que podrá consultarse aquí.
En concreto, la medida establece que, tanto empleadores de empresas públicas y privadas como trabajadores independientes puedan reducir voluntariamente sus cotizaciones del 16% a un 3%, durante los periodos de abril y mayo, cuyos pagos se realizarán en los meses de mayo y junio de 2020.
La idea busca beneficiar a los empleadores y trabajadores independientes, para que vean disminuidas sus cargas económicas y tengan liquidez durante los próximos meses. Así lo expresó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez, al referirse a la cuestión.
“Con el Presidente de la República y el Ministerio de Hacienda tomamos esta decisión. Hoy, esa cotización le corresponde en un 12% a los empleadores y el 4% a los trabajadores, para un total de 16%. La idea es dejar la cotización en 3%, en la que el empleador aporte un 75% y el trabajador contribuya con el 25% de ese total”, explicó el titular de la cartera laboral.
Respecto del caso de los trabajadores independientes el ministro Cabrera Báez añadió: “para el caso de los independientes, la reducción, que es optativa del 3%, aplica para la cotización de los meses de abril y mayo y la pueden hacer sobre el 3% del ingreso base de cotización”.
Explicó también que el nuevo mecanismo voluntario será reglamentado en los próximos días y mantiene la base de cotización, garantizando la validez de las semanas cotizadas durante el periodo que esté en vigencia.
“Que el pago no se realice sobre el 16% como se hace actualmente, no significa que los cotizantes se vean afectados. En la historia laboral de los trabajadores deberán verse reflejadas las semanas correspondientes a los 2 meses cotizados bajo el 3%”, precisó.
“Esto, con el propósito que se contabilicen para completar las mil 150 semanas que le permitan al afiliado acceder a la garantía de pensión mínima establecida por el régimen privado, o a las mil 300 semanas para obtener una pensión de vejez de un salario mínimo legal mensual en el de Régimen de Prima Media, RPM”, aclaró el ministro del Trabajo.
Del mismo modo afirmó que los periodos cotizados bajo esta eventualidad servirán para acreditar el cumplimiento del requisito de semanas para acceder a las pensiones de invalidez y sobrevivencia y la cobertura previsional.