El borrador del anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales (disponible al pie de esta noticia) elaborado por el Ministerio de Economía y Competitividad suprime la incompatibilidad entre el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y procurador y adapta el ámbito territorial de los colegios profesionales. De este modo, la regla general será que el colegio sea autonómico y «excepcionalmente», de ámbito provincial.

En cuanto a la incompatibilidad de actividades, el Ministerio explica en el mismo borrador que “no se considera justificado que la actividad de representación y defensa en juicio no puedan ejercerse por la misma persona. Máxime teniendo en cuenta que en algunas jurisdicciones sí se permite dicha compatibilidad, por ejemplo, en la jurisdicción contencioso-administrativa”.

Asimismo, y según lo expuesto en el documento filtrado recientemente, la ley permitiría que los abogados pudieran ejercer la profesión de procurador sin necesidad de colegiarse en un Colegio de Procuradores. También se modificaría la polémica Ley de Acceso a las profesiones de Abogados y Procurador para suprimir la exigencia de examen de Estado habilitante (no habiéndose realizado el primero todavía) y se permitiría que cualquier profesional, en el caso de profesiones de colegiación voluntaria, pudieran apuntarse a las listas para poder ejercer de périto judicial. Por otro lado, la normativa mantendría la Colegiación obligatoria de abogados, procuradores y graduados sociales para su actuación entre jueces y tribunales, así como para notarios y registradores.

En cuanto a la legislación colegial, la nueva normativa obligaría a modificar la Ley 2/2974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. A parte de la adaptación del ámbito territorial, el anteproyecto prevé que la Administración Pública pueda ejercer funciones de tutela respecto de las potestades públicas que tengan encomendadas los colegios; que se establezca un marco básico de infracciones y que se garantice la imparcialidad del órgano sancionador evitando que en su composición figuren cargos electos de la organización colegial. Además, establece la incompatibilidad de ostentar cargos directivos en organizaciones colegiales con ser cargo político o titular de órganos directivos de las AAPP, o de organizaciones sindicales, empresariales o partidos políticos; establece el voto ponderado de los Colegios en los Consejos Generales de Colegios en función del número de colegiados y regula la clarificación del régimen económico de los colegios para fomentar la transparencia.

El CICAC está en contra porque ‘invade competencias autonómicas’

El Consejo de la Abogacía Catalana (CICAC) ha expresado su preocupación, mediante un comunicado emitido este viernes, por las directrices que aparecen en el borrador, al decir que “atentarían directamente y de forma muy grave contra la actual organización y sistema competencial en materia de regulación de las profesiones tituladas”.

Concretamente, el documento indica que ‘la regla general será que el colegio sea autonómico, y excepcionalmente, de ámbito provincial’. En cuanto a este punto, el CICAC manifiesta que “de acuerdo con el artículo 125.1 del Estatuto de Autonomía, la competencia en la determinación del ámbito territorial de los colegios profesionales corresponde en exclusiva a la Generalitat de Cataluña, que ha venido desempeñando de manera efectiva y plena hasta ahora”.

Asimismo, el Consejo de la Abogacía Catalana añade: “En nuestro país la abogacía se estructura desde hace muchos años en catorce colegios que, desde que se constituyó, en 1983, se integran en el Consell. El CICAC se pronuncia firmemente a favor de esta forma organizativa en Cataluña y de la defensa de la independencia de los abogados y sus organizaciones como pilar fundamental del estado de derecho”.

El anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales también incluye cambios en las atribuciones profesionales de arquitectos, ingenieros, o arquitectos técnicos, además de un cambio en la regulación de las farmacias que hará que su propietario ya no tenga que ser un titulado en esta especialidad. Su tramitación fue anunciada el pasado mes de julio por la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Saenz de Santamaría, con el objetivo de “fomentar la competencia en este segmento del sector servicios”.

Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales

2 Comentarios

  1. Cuesta más un visado que lo que le puedes cobrar al cliente. Así las cosas sales todos los dias a la calle para mantener a tu colegio profesional. El orgullo de la profesión nos evita decir que estamos comiendo en comedores de caridad.

  2. En este anteproyecto de ley se comete una gran injusticia y aberración fuera de toda lógica. Se excluye a la Ing. Informática del marco legal de las ingenierías. El efecto que esto podría causar es la total desaparición de la ingeniería informática dado que sus profesionales no podrían ejercer legalmente ninguna actividad, quedando excluidos del marco jurídico establecido.
    Así mismo, los estudios de grado y máster en informática también quedan excluidos del marco normativo de las ingenierías, lo que causara la paulatina desaparición de los estudios más extensamente impartidos en las universidades españolas, dado que serían los únicos estudios de ingeniería que no conducirían al ejercicio de ninguna profesión.
    Por último, y como efecto más grave, los ingenieros técnicos en informática españoles no podremos solicitar la tarjeta profesional EU, al no estar reconocidas en España nuestras cualificaciones, lo que impedirá dramáticamente nuestra movilidad profesional en el territorio europeo.

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