El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid presenta una nueva entrega de su serie ‘Claves jurídicas de la actualidad’, dedicada en esta ocasión al Mundial de Fútbol de 2026, uno de los mayores acontecimientos deportivos, mediáticos y comerciales del mundo.
Bajo el título ‘Claves jurídicas del Mundial de Fútbol’, la ficha ofrece una guía práctica y divulgativa para comprender las principales cuestiones legales que rodean a un evento de esta magnitud. El Mundial de 2026 marcará un hito en la historia del fútbol: será el primero en reunir a 48 selecciones, se celebrará conjuntamente en Canadá, México y Estados Unidos, y contará con un total de 104 partidos.
La publicación parte de una idea central: el Mundial no es solo una competición deportiva, sino un auténtico ecosistema jurídico global. En torno a cada partido se activan contratos de entradas, derechos audiovisuales, propiedad intelectual, publicidad, protección de datos, seguridad, relaciones laborales, disciplina deportiva, derechos de imagen, consumo, apuestas, fiscalidad, migraciones y derechos humanos.
Esta guía jurídica práctica ha sido elaborada por expertos del ICAM en cada uno de estos ámbitos: Enrique Arnaldo (derecho deportivo), Icíar Bertolá (derecho del consumo), Rodrigo González (protección de datos) y Javier Fernádez-Lasquetty (propiedad intelectual).
Entre los bloques más destacados, la ficha analiza las claves de derecho deportivo, recordando que la disciplina de la competición se articula a través de normas FIFA, reglamentos de competición, reglas de elegibilidad, códigos disciplinarios y sanciones a jugadores, entrenadores, federaciones y oficiales. Además, explica que durante la Copa del Mundo operan los órganos jurisdiccionales de FIFA, con eventual revisión posterior ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo, y una división ad hoc del CAS creada para resolver con rapidez los litigios que puedan surgir durante el torneo.
La publicación también aborda la relación entre jugadores, clubes y selecciones, con especial atención a la obligación de los clubes de liberar a los futbolistas convocados por sus selecciones cuando la convocatoria se refiera a partidos incluidos en el calendario internacional oficial o a competiciones en las que la normativa FIFA imponga expresamente dicha obligación. La ficha advierte de que los conflictos suelen surgir por cuestiones como la interpretación de las fechas del calendario internacional, la elegibilidad de la convocatoria o circunstancias médicas, pero no por una mera decisión unilateral del club.
En materia de consumo, el documento presta especial atención a entradas, paquetes turísticos, viajes, hoteles y cancelaciones. La ficha recuerda que la entrada no es una propiedad absoluta sobre un asiento, sino un derecho contractual de acceso sometido a condiciones. También advierte de los riesgos asociados a la reventa, las plataformas no autorizadas, las entradas duplicadas o anuladas, los sobreprecios opacos y las dificultades para reclamar cuando intervienen proveedores situados en distintos países.
Uno de los supuestos prácticos que aborda la publicación es la posible cancelación de un paquete si la selección del consumidor queda eliminada. La ficha explica que, como regla general, la eliminación de una selección no permite cancelar gratuitamente el viaje, al tratarse de una circunstancia deportiva previsible dentro del torneo, salvo que el contrato hubiera condicionado expresamente el paquete a que dicha selección siguiera compitiendo. En viajes combinados, el viajero puede cancelar antes del inicio del viaje, pero el organizador puede aplicar una penalización razonable; la cancelación sin gastos queda reservada a circunstancias inevitables y extraordinarias en el destino que afecten significativamente a la ejecución del viaje o al transporte de pasajeros.
La ficha también subraya la importancia de la información precontractual: debe indicarse claramente si la entrada está incluida en el paquete, si se vende como servicio separado o si el viaje únicamente incluye una intermediación para adquirirla. Asimismo, se recuerdan las reglas protectoras de la normativa europea en materia de jurisdicción y ley aplicable cuando el consumidor reside en la Unión Europea y el empresario dirige su actividad a ese mercado.
Otro de los grandes bloques de la ficha es el relativo a la propiedad intelectual e industrial. El documento explica que FIFA protege una amplia cartera de activos —logotipos, palabras, títulos, símbolos e identificadores vinculados a sus competiciones— y cuenta con un catálogo específico de activos relacionados con el Mundial. Solo los licenciatarios pueden utilizar la propiedad industrial e intelectual oficial con fines comerciales autorizados.
La publicación advierte de que las infracciones pueden consistir tanto en reproducciones directas de activos protegidos como en prácticas más sofisticadas de ambush marketing o marketing parasitario, en las que una empresa aprovecha la visibilidad del evento para sugerir una vinculación comercial inexistente con FIFA o con la competición. Entre los ejemplos de riesgo jurídico se citan el uso del logo oficial en un cartel de un bar, promociones como “menú Mundial 2026” con apariencia de patrocinio oficial, la venta de merchandising con signos confundibles o el uso de imágenes del trofeo, mascotas o emblemas oficiales sin licencia.
En conexión con esta materia, la ficha dedica un apartado a los derechos de imagen de jugadores, aficionados e influencers. Recuerda que no todo lo que se capta en un estadio puede explotarse comercialmente sin más, y que la imagen de las personas se encuentra protegida por la normativa sobre honor, intimidad y propia imagen, además de por el Reglamento General de Protección de Datos e incluso, en determinados supuestos, por la vía penal. El documento analiza situaciones frecuentes como el uso de la imagen de futbolistas sin contrato, la publicación de imágenes de aficionados identificables, las grabaciones realizadas por influencers en celebraciones o bares, los memes con finalidad comercial y el uso de menores en campañas o publicaciones.
La ficha dedica igualmente un bloque específico a la protección de datos, destacando que un Mundial moderno genera millones de datos personales: identificación de compradores, pagos, geolocalización, accesos a estadios, apps, cámaras, redes sociales, acreditaciones y perfiles de consumo. La publicación recuerda que organizadores, plataformas de venta, operadores de seguridad, autoridades, patrocinadores, medios y proveedores tecnológicos pueden intervenir en el tratamiento de esos datos.
Entre los principales riesgos se señalan las transferencias internacionales, los perfiles comerciales, las brechas de seguridad, el reconocimiento facial, la vigilancia excesiva, la falta de información clara a los interesados o la ausencia de legitimación adecuada para el tratamiento. La ficha también llama la atención sobre el uso creciente de herramientas de inteligencia artificial para moderar abusos en redes sociales contra jugadores y equipos, lo que abre debates sobre tratamiento automatizado, libertad de expresión, transparencia algorítmica y protección frente al discurso de odio.
Claves Jurídicas de la Actualidad
Con esta nueva publicación, el ICAM refuerza el objetivo de su colección ‘Claves jurídicas de la actualidad’: ofrecer a la ciudadanía, a los medios de comunicación y a los operadores jurídicos una lectura clara, rigurosa y accesible de los grandes acontecimientos sociales desde la perspectiva del Derecho. La serie busca acercar el análisis jurídico a debates de máxima actualidad, mostrando cómo fenómenos aparentemente deportivos, tecnológicos, culturales o sociales tienen también una dimensión normativa esencial para comprender sus implicaciones reales.
Sobre los autores
Enrique Arnaldo Benzo. Presidente de la Sección de Derecho deportivo del ICAM. Graduado en Derecho junto con la Diplomatura en Estudios Empresariales por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE), comenzó su trayectoria profesional como Abogado en ACM Legal, donde ejerció desde el año 2012 en el área de Derecho Procesal. Máster Oficial de Derecho Deportivo por la Universidad de Lleida (INEFC-Lleida), en el que obtuvo una calificación de matrícula de honor, comenzó su andadura profesional en el sector deportivo desde el año 2014 a través de la Cátedra de Estudios e Investigación en Derecho Deportivo de la URJC. En 2018 se incorpora a la Secretaría General de la Federación Española de Baloncesto, además de asumir el cargo de Presidente de la Junta Electoral de la Real Federación Española de Vela. En la actualidad compagina su labor como Socio fundador de Statera Legal Partners con la actividad académica, impartiendo docencia de diversos másteres especializados en Derecho Deportivo (ISDE, INEFC) y como docente en el Máster de Acceso a la Abogacia de IE University.
Iciar Bertolá Navarro. Presidenta de la Sección ICAM de Derecho del Consumo. Licenciada en Derecho por la Universidad de Alcalá de Henares y colegiada no ejerciente en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid desde el año 2007. Desde el año 2006 desarrolla su actividad profesional en la Editorial Jurídica Sepín, siendo responsable, como Directora Técnica, de las siguientes áreas: Obligaciones y Contratos y Derechos Reales (desde el año 2008) y Derecho de Consumo (desde el año 2017). Es autora de múltiples artículos doctrinales y de opinión en las materias de su especialidad, con la finalidad de dar a conocer los últimos criterios jurisprudenciales y doctrinales sobre las cuestiones más actuales. Crea y elabora contenidos, impulsando diversas publicaciones especializadas: Monografías, Cuadernos jurídicos, Revistas Digitales y Boletines, proporcionando un asesoramiento especializado en este campo.
Fco. Javier Fdez.-Lasquetty Quintana. Presidente Sección Propiedad Intelectual del ICAM. Of Counsel IP en Ramón y Cajal Abogados. Abogado en ejercicio, especializado en Propiedad Industrial e Intelectual y tecnologías de la información. Fue socio en Elzaburu, abogado y director de asesoría jurídica en empresas TIC y socio de IP/IT de una firma multinacional de abogados. Profesor del IE Law School, coordinador académico de PI en programas LLM. Profesor invitado en la Universidad Carlos III, Universidad Autónoma de Madrid, Universidad de Alicante y Universidad de Navarra, programas Máster. Panelista del Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI, miembro de su Advisory Board. Miembro de la junta directiva de DENAE y LES España & Portugal y Co Vicechair del LES International Trademarks, Designs, and merchandising Committee. Miembro activo de AIPPI, ALAI e INTA
Rodrigo González Ruiz. Copresidente de la Sección de Protección de Datos y Big Data. Cuenta con más de 20 años de experiencia profesional en el área de la Protección de Datos y Derecho Tecnológico. Trabajó en EY Abogados Madrid y en enero de 2018 se incorporó a Deloitte Legal donde actualmente es Socio del área de Digital Law (Regulatorio y Cumplimiento) en Madrid. Se licenció en Derecho en 2001 en la Universidad Complutense de Madrid. Seguidamente realizó un curso de postgrado en Asesoría Jurídica de Empresas en la Universidad Francisco de Vitoria de Madrid en 2002 y ha cursado el Máster en Asesoría Jurídica de Empresas (2003) en ICADE de Madrid. Es miembro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid desde octubre de 2003. En los últimos años ha recibido la acreditación CIPP/E (Certified Information Privacy Professional / Europe) por la IAPP (International Association of Privacy Professionals). Asimismo, en el año 2019 obtuvo el certificado de Delegado de Protección de Datos emitido por la Agencia Española de Protección de Datos. Durante su de experiencia profesional, ha prestado asesoramiento jurídico en todas las ramas de la especialidad y, de manera muy destacable, en el ámbito de la Protección de Datos, tanto a clientes nacionales como internacionales de toda índole.





