En los procesos de adquisición y transmisión de empresas, los mayores riesgos no suelen encontrarse en los estados financieros, sino en la realidad laboral que no siempre queda reflejada en la documentación. Así lo advierte Manuel Aguilar Romero, abogado laboralista y asesor estratégico de grandes compañías y consejos de administración, quien señala un error recurrente en la alta dirección: confiar exclusivamente en los listados de personal aportados durante la negociación sin verificar la estructura laboral real de la empresa objeto de adquisición.

Aguilar Romero explica que es frecuente que un comprador adquiera una unidad productiva con costes perfectamente calculados y un plan de negocio cerrado, para encontrarse después con reclamaciones de trabajadores que no figuraban en la documentación previa. “No estaban en el Excel ni en los documentos entregados, pero sí existían en la realidad laboral de la empresa”, apunta.

La complejidad del artículo 44

El experto recuerda que el marco normativo español es claro y no admite interpretaciones flexibles. El artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores establece la subrogación automática en los supuestos de transmisión de una unidad productiva. Esto implica que el nuevo empleador asume todos los derechos y obligaciones laborales del anterior titular.

“El comprador asume incluso los riesgos que no conocía y aquellos que no le fueron comunicados. La clave jurídica no es la información recibida, sino la realidad existente en el momento de la transmisión”, afirma Aguilar Romero.

Esta interpretación ha sido respaldada de forma constante por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que prioriza la protección del trabajador frente a posibles defectos de información entre las partes. En términos prácticos, el riesgo laboral se transmite incluso cuando no es visible.

Impacto directo en la tesorería: “Pagar primero y discutir después”

Cuando surgen reclamaciones laborales —relacionadas con antigüedad, salarios o incumplimientos previos—, la empresa adquirente debe hacerles frente de forma inmediata.

“Es una de las situaciones que más impacta en un consejo de administración: la obligación de pagar primero y discutir después”, señala Aguilar Romero. Aunque posteriormente el comprador pueda ejercer acciones legales contra la empresa transmitente, el experto advierte de que ello abre un nuevo proceso judicial, con costes adicionales, tiempo prolongado e incertidumbre sobre el retorno de la inversión.

Un problema de estrategia más que jurídico

Para el asesor de grandes corporaciones, cuando este tipo de conflictos se materializa, el problema no reside en la operación en sí, sino en la fase previa de análisis estratégico.

“El empresario no falla en la oportunidad de negocio; falla al no identificar la plantilla real, al no analizar las situaciones laborales no formalizadas, al no exigir garantías suficientes y al no anticipar escenarios de contingencia en la due diligence”, concluye Aguilar Romero. Cuando los pasivos ocultos afloran, la dirección deja de operar en un contexto de decisión para pasar, inevitablemente, a una fase de reacción.

Sobre Manuel Aguilar Romero

Manuel Aguilar Romero es abogado laboralista y asesor estratégico con más de 35 años de experiencia. Está especializado en la articulación entre seguridad jurídica laboral y rentabilidad empresarial, el diseño de modelos de relaciones laborales, la optimización del capital humano y la gestión de riesgos en procesos de integración post-fusión y operaciones de fusiones y adquisiciones (M&A).

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.