La causa ahora reabierta ya fue sobreseída por el Juzgado Togado Militar número 14 de Cartagena, denegando la responsabilidad por el fallecimiento del autor.

El Tribunal Supremo ha considerado nulo el sobreseimiento y ordena de nuevo su apertura al entender que se han vulnerado varios derechos fundamentales de las partes personadas en el procedimiento.

El Alto Tribunal entiende que el Juez Togado Militar elevó al Tribunal Territoral el sobreseimiento de la causa, sin comunicarlo a las partes personadas como los vecinos afectados o el Abogado del Estado, que no pudieron recurrir el fallo del Tribunal Militar Territorial.

De igual modo, el Supremo hace hincapié en el recurso presentado por la defensa, representada por la familia del piloto fallecido, en la cual se solicita la realización de informes periciales destinados a exculpar de responsabilidad en el accidente al piloto del aparato. Los familiares solicitaron un informe del estado de las turbinas del CASA 101, sobre las anomalías y paradas espontáneas registradas en otros aviones similares.

Este informe, solicitado por el padre del piloto fallecido pretendía contrarrestar a su vez uno presentado por la Comisión de Investigación Técnica de Accidentes Militares (Citam), que achacaba toda la culpa del accidente al capitán José Francisco Cabezas a los mandos de la aeronave.

La Comisión de Investigación Técnica de Accidentes Militares (Citam) responsabilizaba al piloto del CASA 101 del accidente aéreo que le costó la vida, además del capitán José Francisco Cabezas, a una madre, Maria Lorenza López Gutierrez de 30 años, y a su bebé de a penas ocho meses cuando su avión impactó en la vivienda de Baeza donde se encontraban.

El informe señalaba que el accidente se debió “a unas maniobras inadecuadas”, realizadas por el piloto.

Igualmente en el informe oficial se recoge que el capitán cumplía el horario previsto, pero sin embargo realizó unas maniobras inadecuadas . El piloto se encontraba realizando “un reconocimiento sobre la zona de la estación de Jódar”, pero el avión no se quedó en esa zona delimitada.

Además en el escrito se establecía que, antes de regresar a la base, el piloto “modificó su plan de vuelo sobre la marcha”, desplazándose hasta el casco urbano de Baeza donde finalmente se produjo el siniestro que le costó la vida al piloto del avión.

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