La Sala Penal explica en la sentencia que las víctimas pudieron pedir ayuda por la ventana que daba al patio interior e, incluso, salir de la vivienda porque una de las inquilinas tenía una llave. No obstante, no lo hicieron por miedo las represalias y a su marido, lo que, si bien no constituye un delito de detención ilegal, sí puede calificarse de delito de coacciones.

Es por ello que ha condenado a Mohamed I. a siete años de prisión por los tres delitos de coacciones, al tiempo que ha ratificado la pena de un año de cárcel por malos tratos y de cuatro años por amenazas. Tampoco podrá acercarse a menos de mil metros de su familia durante 12 años.

Los hechos ocurrieron el 22 de enero de 2007, horas después de que la familia se instalara en el domicilio. Al día siguiente, el imputado se fue a trabajar y dejó encerrados a su mujer, Rahat I., y a sus tres hijos, de edades comprendidas entre los siete y los 13 años. Además, les quitó el teléfono móvil para que no pudieran pedir ayuda.

El 24 de enero, los Mossos d’Esquadra se personaron en el piso alertados por un vecino que vio como una persona cogió a un niño por los tobillos, lo puso boca abajo, lo llevó al balcón y lo zarandeó sobre el vacío -a unos 12 metros de altura-, mientras otros niños gritaban y lloraban.

El acusado reaccionó de esa manera para obligar a su esposa a salir del dormitorio en el se había encerrado después de que su marido amenazara con matarla porque había recibido la visita de unos amigos del matrimonio, quienes le habían pedido que liberara a su familia.

Los mossos d’Esquadra que acudieron al lugar pudieron hablar con Rahat I. a través de una ventana y ésta les facilitó el número de teléfono de su marido, quien fue a entregar las llaves a los agentes. La mujer, que presentaba hematomas en la cara, fue trasladada al Hospital Clínic.

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