El fallo sienta jurisprudencia y supone la multa de mayor importe anulada a la Administración en materia de control de cambios e intervención de dinero en aduana. La sentencia puede influir en cerca de 400 expedientes más tramitados por Economía entre el 1 de julio de 2004 y el 25 de abril de 2005, así como las sanciones impuestas.
La norma vigente en esas fechas establecía multas de un máximo del 5% de la cantidad intervenida en aduana, y la Administración, de manera errónea, aplicó sanciones de hasta el 50% y el 100%, que ahora podrán ser declaradas nulas.
La Administración sancionó al empresario chino, ubicado en el polígono industrial Cobo Calleja de Fuenlabrada (Madrid), por no haber cumplimentado un documento informativo ante el Banco de España, antes de su salida de España.
El proceso judicial duró tres años y el tribunal anuló la multa, debido a que el Ministerio de Economía y Hacienda aplicó de manera ilegal una norma que no había entrado en vigor en la fecha de la intervención.
El director general de Affirma, Carlos Zambudio, explicó que «el Ministerio de Economía realizó una interpretación de la normativa contraria a derecho en materia de movimientos de capitales, aplicando una norma que no había entrado en vigor en el momento en que se produjeron los hechos sancionados».