Audiencia NacionalLa sala séptima de lo Contencioso administrativo de la Audiencia Nacional ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional al considerar que la ley de tasas judiciales, que entró en vigor en diciembre de 2012, podría no ajustarse a la carta magna por condicionar el acceso de los ciudadanos a la justicia y vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva.

El auto, dictado el pasado viernes, viene motivado por un recurso presentado el pasado mes de abril en la Audiencia Nacional por una empresa mercantil llamada ‘Préstamos y Javaloyes S.L.U’. En el documento, el tribunal considera que la norma podría quebrantar cuatro artículos de la Constitución Española -el 24.1, 14, 9.2 y 31.1-, es decir: el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho a ser iguales ante la ley, el derecho a que los poderes públicos contribuyan a la igualdad efectiva de los ciudadanos y el derecho a que el sostenimiento de los gastos públicos se haga de acuerdo con la capacidad económica de cada uno mediante un sistema tributario justo.

Aunque la consideran necesaria para sufragar el coste de la Administración de Justicia, los magistrados advierten de las consecuencias que podría suponer el incumplimiento del pago. «Las consecuencias de la falta de pago de las mismas sí pueden constituir trabas que resulten innecesarias, excesivas y que carezcan de razonabilidad o proporcionalidad respecto de los fines que lícitamente puede perseguir el licitador», detalla el auto.

Aunque el Gobierno ya aprobó en marzo un real decreto ley en el que modificaba algunos aspectos de la ley de tasas, tras un acuerdo alcanzado con la defensora del pueblo, Soledad Becerril, la Audiencia considera que todavía existen determinados aspectos que pueden ser inconstitucionales.

La resolución judicial señala que la exigencia de una tasa, dentro de “ciertos límites y procedimientos y circunstancias, es perfectamente constitucional, lo que no puede ser constitucional es que el pago de dicha tasa condicione: primero, la posibilidad de acceder a la jurisdicción; y segundo la posibilidad de obtener la tutela judicial; y si son estas dos consecuencias inevitables, si no se pagan las tasas, las que se pueden considerar inconstitucionales”.

Insisten los magistrados en que la finalidad de la ley es “lícita” por cuanto supone sufragar el coste de la Administración de Justicia, pero advierten de que las consecuencias del incumplimiento del pago por los que pretenden acceder a los tribunales “sí pueden tener las características obstaculizadoras indicadas”.

Los magistrados entienden igualmente que la ley de tasas no tiene en cuenta la proporcionalidad que debe regir entre el fin perseguido, como es la financiación de la Administración de Justicia y los principios de capacidad económica, igualdad, equidad y justicia que debe presidir  todo sistema tributario, tal y como señala el artículo 31 de la Constitución.

Además, la Sala recuerda que la asistencia jurídica gratuita no alcanza a la mayoría de la población, que “no hallándose en alguna de las situaciones legales para obtener la asistencia jurídica gratuita, sin embargo tenga unos ingresos que superen los mínimos legales, pero con unos gastos corrientes que absorban sus ingresos, y que deberá hacer un desembolso personal para el pago previo de las tasas, no deducible en otros impuestos específicos, como sucede en las personas jurídicas”.

El auto, que afecta al orden contencioso-administrativo y contra el que no cabe recurso, recuerda que en algunos casos las tasas por sí solas pueden suponer un gravamen igual o mayor que el propio contenido del acto administrativo, constituyendo “un impedimento innecesario y no justificado para poder acceder a obtener la tutela judicial efectiva”.

Por su parte, el Consejo de la Abogacía Catalana, que representa a los catorce Colegios de Abogados de Catalunya, ha instado al Tribunal Constitucional a dar ‘prioridad absoluta’ en la resolución de la cuestión de inconstitucionalidad contra la Ley de tasas judiciales planteada por la Sala Séptima de la Audiencia Nacional. El Consejo valora muy positivamente el auto dictado el pasado viernes, pero alerta de que ‘mientras el Tribunal Constitucional no resuelva esta cuestión, las tasas continuarán impediré el acceso a la justicia a los ciudadanos y vulnerando derechos fundamentales, como el de la tutela judicial efectiva’, según manifestó el presidente del Consejo, Miquel Sàmper.

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