La vicepresidenta de la Comisión Europea (CE) y titular de Justicia, Viviane Reding, señaló ayer  que va a presentar la semana próxima un régimen opcional de derecho contractual europeo, a fin de que las leyes en ese ámbito sean más coherentes y faciliten el mercado interior, así como las operaciones comerciales entre países.  «Un régimen opcional en materia de Derecho contractual europeo que pudiera ser libremente elegido por los comerciantes como ley aplicable al contrato, con un elevado nivel de protección de los consumidores, tendría que ofrecer seguridad y certidumbre tanto a los consumidores como a las empresas y constituir un valioso impulso para el mercado interior», declaró Reding.

La comisaria, que pronunció un discurso ante la Cámara de Comercio de España en Bélgica, destacó que ese régimen opcional no afectará al derecho contractual nacional o a las tradiciones jurídicas. Será un conjunto de normas, conciso y sencillo, que las partes podrán elegir utilizar como un contrato para sus transacciones transfronterizas sólo si están convencidos de que responden a sus necesidades o constituyen un valor añadido para ellos», apuntó, y precisó que los comerciantes satisfechos con los esquemas actuales, podrán seguir sus actividades en virtud de la legislación nacional.

 

Incluso llego a poner  como ejemplo una situación en la que los productos expedidos a un consumidor resultan defectuosos: Si el contrato se celebrase según el nuevo régimen que propone, el consumidor podría elegir entre reparar o sustituir el producto, obtener una reducción en el precio o la rescisión del contrato.

«En la legislación española el consumidor no tiene estas opciones. En vez de ello, el consumidor puede, en un principio, sólo elegir entre la reparación y la sustitución y sólo podrá pedir una reducción del precio o la rescisión del contrato en algunos casos limitados», comentó.

También se refirió a que, en los contratos entre empresas, el régimen contractual facultativo declara no vinculantes las cláusulas no equitativas que no han sido negociadas individualmente.

«Este control garantiza que la parte con mayor poder de negociación, una gran empresa, por ejemplo, no se aproveche de su posición dominante en comparación con una pyme (pequeña y mediana empresa) mediante la imposición de condiciones de venta desleales», afirmó, y mencionó que la legislación española «no recoge tal protección de la parte más débil».

Según Reding, más de tres cuartas partes de las empresas españolas están a favor de usar una ley contractual europea única para las ventas transfronterizas.

Sé que existe una voluntad a favor de dicho instrumento. Pero hay una cosa que está clara: nadie estará obligado a utilizar el instrumento facultativo. El criterio último es la propia elección», concluyó

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