Por Diego Solana, abogado de Cremades & Calvo-Sotelo.

En los últimos años existe un vivo debate sobre la propiedad intelectual que supera los límites académicos, empresariales o sectoriales y que ha llegado a formar parte de la agenda política. La finalidad de esta, en ocasiones apasionada, discusión es alcanzar un equilibrio entre la extraordinaria libertad de acceso a los contenidos que nos facilitan las modernas técnicas de reproducción o copia y el respeto a los derechos de propiedad intelectual de autores y editores. Un equilibrio que permita desarrollar modelos de negocios rentables con seguridad jurídica. Una tarea compleja y ardua pero que debe ser analizada y abordada.

En realidad, pocas áreas del ordenamiento jurídico están cambiando tan rápidamente como el derecho de la propiedad intelectual. Con el incremento de nuevas tecnologías para comunicar ideas, el desarrollo del comercio electrónico y la globalización del mercado de bienes y servicios, el derecho de la propiedad intelectual afronta temas y desafíos como nunca se habían dado en el pasado.

Recientemente un Juzgado de lo mercantil ha tenido que abordar este intenso debate e intentar encontrar un equilibrio entre los creadores de contenidos y la libertad de acceso a los contenidos. Durante más de dos años se ha mantenido un enfrentamiento judicial entre los editores de diarios y varias empresas de press clipping o de seguimiento de prensa que prestan servicios de copia, digitalización y resúmenes de prensa sin la autorización de esos editores. Por un lado, los editores de diarios españoles defendían sus derechos de propiedad intelectual sobre más de 80 cabeceras y, por otro lado una empresa de press clipping argumentaba que no era necesario obtener una autorización de los propietarios de los contenidos. A debate la interpretación de la excepción de la cita del artículo 32.1 de la Ley de Propiedad Intelectual que mantenía enfrentada a la doctrina más especializada desde su entrada en vigor en el año 2006.

La cuestión enjuiciada es fundamental para todos aquellos que se dedican a la creación de contenidos, ¿pueden terceros que no participan ni aportan valor durante el proceso de creación y edición lucrarse de dichos contenidos? ¿Es lícito desarrollar rentables modelos de negocio sustentados en el esfuerzo de otros?

El press clipping tiene por objeto la recopilación de aquello que sobre una determinada materia, sector o empresa se ha divulgado y publicado en los diversos medios de comunicación. Según un estudio elaborado en 2008, más de seis millones de personas reciben en España resúmenes de prensa elaborados por diferentes empresas de press clipping. A la vista de estas cifras, no es extraño que en el año 2006 el legislador decidiera poner algo de orden en el sector.

La reforma de la Ley de la Propiedad Intelectual facultó a los medios de comunicación a oponerse expresamente a que las empresas de press clipping copiaran sus contenidos sin autorización previa. Y así lo hicieron los principales editores de diarios españoles. Sin embargo, la técnica legislativa fue defectuosa y otorgó esa facultad de oposición a los “autores”. Pero ¿quiénes son los autores? Importantes compañías del sector negociaron y alcanzaron acuerdos con los editores para continuar elaborando resúmenes de prensa con seguridad jurídica y respeto a lo dispuesto en la normativa. Pero, también es cierto que otras empresas dedicadas a la elaboración de resúmenes de prensa creyeron ver una puerta abierta para seguir en su actividad al margen de los propietarios de los diarios, no sin antes concluir acuerdos con asociaciones de periodistas y adquirir así algún atisbo de legalidad.

A lo largo de varios de sus fundamentos de derecho, la sentencia desgrana las cuestiones jurídicas más relevantes del caso de conformidad con los principios generales de la Ley de Propiedad Intelectual. Así, la sentencia confirma que los diarios son obras colectivas en los términos del artículo 8 de la Ley de Propiedad Intelectual, siguiendo la doctrina de otras resoluciones judiciales como la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de mayo de 2002 o la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 6 de julio de 2007. Obras colectivas cuyo propietario es el editor, en la medida que es quien adopta la iniciativa de crear el periódico y quien coordina las diferentes aportaciones individuales de cada periodista. El trabajo creativo del editor configura una nueva creación única y autónoma sin que quepa el reconocimiento separado a cada una de las personas que contribuyen y aportan contenidos al diario. De aquí, continúa la sentencia, se infiere que son los propietarios, y no las asociaciones de periodistas, los que tienen facultad para oponerse como “autores” del periódico a que las empresas de press clipping copien sus contenidos al margen de cualquier acuerdo. Las noticias, artículos y crónicas periodísticas alcanzan valor en la medida en que un editor decide divulgarlo bajo su cabecera.

En conclusión, ha tenido que ser un juzgado el que haya resuelto el problema creado previamente por el legislador y su solución ha sido rotunda y sin margen para la confusión. No es lícito aprovecharse del esfuerzo ajeno. Los terceros deberán llegar a acuerdos con aquellos que crean contenidos y generan el valor.

1 Comentario

  1. «Las noticias, artículos y crónicas periodísticas alcanzan valor en la medida en que un editor decide divulgarlo bajo su cabecera». ESO ESTÁ CAMBIANDO. Además, los editores tiene que sentarse a pensar que si hay tanta gente demandando el servicio de los press-clipping, deben bajar un poco la cabeza si realmente les importa (como reflejo natural de su vocación), informar y contribuir a la sociedad con esa labor informativa que llevan a cabo, incluso si es a través de otros que la potencien, como me parece que sucede con los servicios press-clipping. Me parece que, una vez más, el problema se centra en el miedo «a perder» de los editoriales, como ya se hizo notar en su momento (y aún sucede), con la llegada de Internet y las nuevos medios de comunicación on-line, las nuevas maneras de informar, etc. Es que como siempre se quieren quedar con TODO y de sobra se nota que sólo piensan en su beneficio, no en el común.

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.