El presidente del Consejo General de los Colegios de Economistas de España, Valentí Pich, ha pedido en Elche, durante la celebración del Foro Concursal de Profesionales organizado por el Colegio de Economistas de Alicante, “que Gobierno, CCAA y Ayuntamientos hagan un ejercicio de responsabilidad y no penalicen a las empresas con problemas económicos puntuales que piden un aplazamiento de sus pagos a Hacienda, la Seguridad Social, el IBI u otras cargas administrativas, puesto que lo más importante es ayudar a las empresas que puedan ser viables y tengan capacidad de recuperación”.

Actualmente, una empresa que pide un aplazamiento de estos pagos, además de múltiples requisitos, debe pagar un recargo del 5%, algo que no parece lógico, según Valentí Pich “si lo que se pretende es ayudar a las empresas que son viables”.

Así lo ha expuesto en una rueda de prensa en la que también han participado el Decano del Colegio de Economistas de Alicante, Francisco Menargues García, y el vocal de la Junta de Gobierno y miembro del Consejo Directivo del Registro de Economistas Forenses (REFOR), Antonio Rodríguez Villanueva.

Los economistas han pedido además que la inminente reforma de la Ley Concursal que estudia el Ministerio de Justicia acorte los plazos judiciales de los concursos de acreedores, para que el deterioro de los activos de las empresas que se someten a estos procedimientos judiciales sea mínimo.

Más de 250 expertos han asistido hoy a este encuentro para debatir cuestiones de actualidad sobre la aplicación de la Ley Concursal que regula los procedimientos judiciales creados para encontrar una salida viable para las empresas en crisis o para solucionar de manera ordenada su liquidación y el cobro de las deudas por los acreedores.

Una ley que, según ha apuntado Menargues, “ha funcionado bastante bien pero la experiencia de los últimos años nos dice que puede mejorar en determinados aspectos, por ejemplo los plazos del concurso de acreedores, que deben de ser más cortos”.

Otra de las cuestiones planteadas ha sido la necesidad de conferir más poder de decisión a los administradores concursales para determinar en la primera fase del concurso si una empresa es o no viable, “así sería más fácil reflotar las empresas viables y liquidar las que no lo son antes de que se deteriore su situación” ha señalado Antonio Rodríguez.

Actualmente, un procedimiento concursal tarda entre dos y tres años en resolverse, con la consiguiente pérdida de activos de la empresa en este tiempo. Respecto a los sectores afectados por la crisis, los economistas han señalado que tras los estragos causados en el sector de la construcción e inmobiliarias, ahora los problemas están tocando a las industrias y empresas de servicios.

Otro de los problemas derivados de la crisis es el enorme stock de viviendas que tienen ahora las entidades financieras, “esta situación está creando disfunciones en el mercado inmobiliario porque las entidades dan financiación para quienes quieren comprar una de sus casas y ponen trabas a los que quieren comprar a las promotoras”, ha señalado Francisco Menargues.

La Ley 22/2003 Concursal fue aprobada el 1 de septiembre de 2004 y entró en vigor un año más tarde. En pocos meses la norma cumplirá seis años de aplicación, en los que ha pasado la prueba de fuego sobre su efectividad que ha supuesto la crisis económica y sus efectos sobre miles de empresas españolas.

El pasado año el BOE publicó la declaración de 226 concursos de empresas de la provincia de Alicante. Los datos para el presente ejercicio son parecidos, con 108 concursos publicados sólo en el primer semestre, a falta de conocer los resultados del mes de junio. Se detecta sin embargo una ligera moderación del número de empresas que pasan por una situación complicada para hacer frente a sus deudas.

Trece magistrados titulares de juzgados mercantiles de la Comunidad Valenciana, Murcia y Barcelona y de diferentes Audiencias Provinciales han presentado en este Foro los últimos pronunciamientos de los tribunales en cuestiones como la elaboración del plan de liquidación y la problemática de los créditos de la Administración Pública –entre otros, la posición del FOGASA-; la dificultad de los contratos de arrendamiento financiero cuando las empresas entran en concurso de acreedores o, entre otras cuestiones, el tratamiento que da la ley a los contratos de swaps –seguros contratados frente a la subida de tipos de interés-.

Por su parte, la letrada secretaria técnica del Banco de España, Nieves Prieto ha explicado la nueva normativa del Banco de España sobre dotaciones y provisiones de las entidades financieras en el caso de morosidad en los créditos.

Entre otras cosas, en el Foro también se ha debatido sobre las causas de la escasa iniciativa de los acreedores para solicitar que una empresa entre en concurso. Más del 90% de los procedimientos concursales iniciados en nuestro país son voluntarios, es decir, son promovidos por la propia empresa.

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