Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) piden fijar legalmente en 150 euros el valor máximo de los regalos que pueden aceptar los cargos públicos, después de que las noticias en torno a las joyas halladas en poder del expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, vuelvan a poner de manifiesto la necesidad de reforzar los mecanismos de transparencia, control y rendición de cuentas aplicables a los representantes públicos.
En este marco, los técnicos lamentan que la actual Ley de Transparencia y Buen Gobierno continúe recogiendo conceptos jurídicos indeterminados como los «usos habituales, sociales y de cortesía» que permitirían la aceptación de regalos, ya que la interpretación puede variar significativamente en función del contexto cultural, social o geográfico en el que se produzca la entrega del obsequio.
GESTHA sostiene que un regalo habitual o protocolario en un determinado país puede tener un valor económico muy elevado según los estándares españoles. Y que esta indeterminación dificulta la aplicación homogénea de la norma, genera inseguridad jurídica y puede afectar a la confianza de los ciudadanos en las instituciones.
Por ello, considera necesario promover una reforma que permita objetivar los criterios y umbrales cuantitativos aplicables a la aceptación de regalos por parte de cargos públicos y altos responsables institucionales, autoridades y empleados públicos, inspirándose en el Código de Conducta de las Cortes Generales que prohíbe aceptar obsequios, regalos, favores, invitaciones o viajes por valor superior a 150 euros.
Esta autolimitación se estableció en el Código de Conducta de las Cortes Generales de octubre de 2020 con un Protocolo específico para la gestión y publicidad de los obsequios recibidos por diputados y personal institucional como medida de transparencia y control para evitar que se intente influir en la conducta parlamentaria
Patrimonio público
En primer lugar, los técnicos proponen que se modifique la Ley de Transparencia y Buen Gobierno un umbral de 150 euros a partir del cual cualquier regalo, obsequio o cortesía recibido en el ejercicio del cargo pase a integrarse en el Patrimonio público, con independencia de las costumbres o prácticas protocolarias existentes en el país de origen de quien lo entrega.
Igualmente, proponen que el conocimiento de los regalos sea de acceso público en la web de cada institución estatal, autonómica y local, con indicación de la fecha, valor estimado, persona o entidad que regala y destino personal o al patrimonio de la administración pública de que se trate.
En segundo lugar, GESTHA propone modificar de forma equivalente e incorporar a la Ley Orgánica del Poder Judicial el principio 28 del Código Ético para la Carrera Judicial, que en la actualidad recomienda que el juez y la jueza no deben aceptar regalos o consideraciones que exceda de las convenciones sociales y que no ponga en riesgo su apariencia de imparcialidad.
Finalmente, propone modificar el Artículo 54 del Estatuto Básico del Empleado Público, para que se limiten a 150 euros los regalos percibidos en funcionarios y trabajadores de cualquier administración pública.
GESTHA cree que la transparencia no puede descansar exclusivamente sobre conceptos abiertos o valoraciones subjetivas. Y que la mejor garantía para proteger la integridad institucional es establecer reglas claras, objetivas y verificables que permitan a los ciudadanos conocer con exactitud qué regalos reciben sus representantes y cuál es el destino final de los mismos.
Los técnicos consideran que el refuerzo de estos mecanismos contribuiría a fortalecer la confianza, prevenir conflictos de interés y consolidar los estándares de buen gobierno que exige una democracia avanzada.
Tributación de los regalos
En paralelo, los técnicos recuerdan que los regalos de valor relevante deben incluirse en la declaración del Impuesto de Donaciones, que proviniendo de personas sin relación de parentesco, la tributación podría situarse en una horquilla muy elevada si el valor del regalo es muy alto.
Si bien, precisan que corresponde hacer una declaración por el valor de los regalos que haga cada persona, debiéndose declarar tantas veces como personas diferentes regalen en el plazo de un mes desde que se reciben, prescribiendo a los cinco años la posibilidad de liquidarlas por las administraciones tributarias autonómicas.
Responsables públicos e intereses económicos
No es la primera vez que los técnicos reclaman un impulso definitivo a las reformas legales necesarias para garantizar que las decisiones públicas respondan exclusivamente al interés general. En este sentido, piensan que el principal problema no reside únicamente en la existencia de actividades de representación de intereses mediante lobby -que deberían estar reguladas por ley y que deberían estar prohibidas para quienes han sido altos cargos, altos funcionarios y para quienes han ejercido puestos de representación públicas-, sino en la opacidad que rodea determinadas relaciones de los responsables públicos.
Entre las medidas para regular la transparencia y la integridad de las actividades de los grupos de interés en España, GESTHA viene proponiendo ampliar el régimen de responsabilidad de los gestores públicos para establecer unas obligaciones equivalentes de transparencia, así como fortalecer los órganos de control y supervisión, tanto externos como internos (Tribunal de Cuentas y Cámaras de Cuentas de las CCAA, así como la Intervención General de la Administración del Estado y los órganos de control interno de CCAA y Entidades locales).



