Audiencia NacionalEl Grupo Parlamentario Popular en el Congreso ha presentado esta semana una Proposición de Ley dirigida a reformar de nuevo la jurisdicción universal, regulada en el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), de modo que los criminalmente responsables deberán ser españoles o extranjeros nacionalizados tras la comisión de los hechos supuestamente delictivos. Se propone además que la reforma se aplique a las causas actualmente en trámite en la Audiencia Nacional.

De este modo, tras su previsible aprobación estarán abocadas al archivo diferentes causas que se están tramitando actualmente en los juzgados centrales de Instrucción, entre ellas la que mantiene abierta el juez Ismael Moreno por el genocidio tibetano contra la cúpula del Gobierno chino, incluyendo a los expresidentes Jiang Zemin y Hu Jintao y el exprimer ministro Li Peng.

La reforma, que excluye además la apertura de este tipo de causas a iniciativa única de la acusación popular, se articula mediante un trámite muy poco usual para reformar leyes orgánicas como es la presentación de una Proposición de Ley por parte de un partido político, en este caso el PP, lo que permite acelerar los trámites y eludir informes de los órganos consultivos como es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo Fiscal o el Consejo de Estado.

La propuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, viene a ahondar en la reforma ya realizada en 2009 mediante la cual se estableció que la Justicia española sólo pueda perseguir casos de genocidio y lesa humanidad “cuando existan víctimas de nacionalidad española, se contraste algún vínculo de conexión relevante con España o los presuntos responsables se encuentren en territorio español”.

No obstante, dicha reforma permitía que España seguir persiguiendo estos delitos siempre que no se hubiera iniciado otro proceso en una corte internacional, en el país de origen del investigado o en el estado afectado por las actividades investigadas.

Exposición de motivos

En la exposición de motivos de la proposición el PP señala que han pasado cuatro años desde que la mencionada reforma entrara en vigor “y la realidad ha demostrado que hoy en día la jurisdicción universal no puede concebirse sino desde los límites y exigencias propias del Derecho Internacional”.

El PP considera que la extensión de la jurisdicción española fuera de sus límites territoriales debe venir “legitimada y justificada por la existencia de un tratado internacional que lo prevea o autorice” y que además debería ajustarse a los compromisos derivados de la ratificación por parte de nuestro país del Estatuto de la Corte Penal Internacional.

Asimismo, considera este grupo parlamentario que la firma de tratados internacionales hace necesario ampliar la lista de delitos fuera del territorio nacional suceptibles de ser perseguidos por la jurisdicción española, como los regulados en el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia doméstica, tortura o los de corrupción de agente público extranjero previstos en el Convenio de la OCDE.

Además, la regulación introduce límites a la jurisdicción española que deben ser aplicados a las causas actualmente en trámite, “pues los tribunales españoles no pueden continuar procedimientos sobre los que ya carezcan de jurisdicción”.

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