Facultan al Congreso para expedir la Ley General de Seguridad Privada, con la cual se busca brindar certeza respecto a la identidad de quienes prestan estos servicios.

En sesión presencial, el Pleno del Senado de la República respaldó la reforma al artículo 73 de la Constitución Política para facultar al Congreso de la Unión expedir la Ley General Seguridad Privada.

El dictamen adiciona una fracción XXIII Bis al artículo 73 de la Constitución Política, para facultar al Congreso de la Unión a expedir la ley general en materia de seguridad privada.

En el país existen alrededor de 6 mil empresas que se dedican a la prestación de servicios de seguridad privada que emplean aproximadamente a 500 mil personas; sin embargo, más de 1.500 empresas no cuentan con permisos, lo que vulnera obligaciones tributarias, de prestaciones de seguridad social y traslada el costo al Estado.

La Asamblea aprobó en sus términos la minuta que envió la Cámara de Diputados, por la cual se pretende definir una ley que establezca las reglas y la autoridad facultada para autorizar y regular a los prestadores de servicios de seguridad privada en el territorio nacional.

Luego de su aprobación con 85 votos a favor, nueve en contra y dos abstenciones, el dictamen fue enviado a los congresos de las entidades federativas y de la Ciudad de México.

El dictamen establece que la legislación general debe fijar las reglas de coordinación entre las personas autorizadas a prestar dichos servicios y la Federación, las entidades federativas y los municipios, para la efectiva organización y funcionamiento de los prestadores de servicios de seguridad privada como auxiliares de la seguridad pública.

También prevé que contenga la coordinación de esos prestadores con las instituciones de seguridad pública en situaciones de emergencia y desastre, así como los aspectos vinculados a la coordinación y supervisión de las policías complementarias en el país.

Ana Lilia Rivera Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, señaló que con esta ley se busca establecer criterios generales y homogéneos para la autorización, verificación y evaluación de la seguridad privada, con lo que se dará certeza respecto a la identidad y actuación de las personas físicas y morales que presten este servicio.

Por su parte, el senador Ovidio Salvador Peralta Suárez, del Grupo Parlamentario de Morena, afirmó que la minuta es de trascendencia nacional, porque la ley que se expida tiene que contribuir a garantizar la seguridad pública.

Nadia Navarro Acevedo, senadora del PAN, manifestó que el dictamen también busca recuperar la paz social, y promover la organización y coordinación de la seguridad privada en los diversos órdenes de gobierno.

Asimismo, establece en sus artículos transitorios que, dentro del plazo de 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, el Congreso de la Unión deberá expedir la Ley General en Materia de Seguridad Privada.

El Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas también deberán expedir la legislación necesaria para adecuar el marco normativo con el decreto y la ley citada, dentro del plazo de 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la ley general de seguridad privada.

Fuente: Prensa Senado de la República de México


Si te ha gustado esta noticia, suscríbete a nuestra newsletter para estar al día de la actualidad jurídica más relevante.

SUSCRÍBETE A DIARIO JURÍDICO

Recibe nuestro boletín semanal con la actualidad jurídica más destacada.

Sus datos serán incorporados a un fichero automatizado con el objeto exclusivo de dar respuesta a su suscripción Dicho fichero es de titularidad exclusiva de LEXDIR GLOBAL S.L. y no será cedido a un tercero en ningún caso.

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.