Diputada de Morena solicita a los congresos locales tipificar el acoso virtual o cibernético.
La diputada Martha Lizeth Noriega Galaz de Morena exhortó a congresos locales a que reformen sus respectivos códigos penales y tipifiquen las conductas relativas a:
«obtener, compartir o difundir imágenes y videos de contenido sexual de otra persona sin su consentimiento»
En particular, la diputada Noriega Galaz hizo el requerimiento a los congresos de Baja California, Campeche, Chihuahua, Colima, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tamaulipas.
De acuerdo con el “Módulo sobre Ciberacoso 2015”, realizado por el Inegi, al menos 9 millones de mujeres en México han sido víctimas de ciberacoso; el rango de edad más vulnerable es entre 20 y 29 años, seguido por el de los 12 y 19 años.
Entre las acciones de ciberacoso de mayor perjuicio están las relacionadas a obtener, compartir y difundir imágenes y videos íntimos, de contenido sexual de otra persona sin su consentimiento.
Si bien el uso de Internet y sus aplicaciones son herramientas indispensables en distintos ámbitos, la diputada señaló que no están exentas e incluso es bastante recurrente, que sean utilizadas en perjuicio y de forma dañina en contra de otras personas. Una de las acciones más comunes, es el ciberacoso, o acoso virtual.
Se trata, dijo, de una problemática conocida y común que afecta en mayor medida a mujeres, quienes suelen ser expuestas a esta situación en redes sociales, con efectos catastróficos para ellas.
La legisladora Noriega Galaz indicó que el caso más emblemático fue el de Olimpia Coral Melo.
En el año 2012 la activista fue víctima de la difusión de un video sexual, sin su consentimiento, tanto en redes sociales como en páginas de origen pornográfico en el ámbito mundial, causando estragos irreparables a su imagen y en su persona.
Como consecuencia de ello, se constituyó el Frente Nacional para la Sororidad, cuyo principal objetivo fue promover la llamada “Ley Olimpia.”
Esta ley pretende reformar los códigos penales estatales, y sancionar la violencia digital, consistente en exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar o divulgar imágenes, audios o videos de contenido sexual de una persona sin su consentimiento.
Dicha ley ha sido un éxito dado que en varias entidades ya se ha visto plasmada dentro de sus respectivos códigos penales. Desde el inicio de la “Ley Olimpia”, 17 estados se han unido en contra de la difusión de imágenes y videos íntimos.
En un lapso menor a 18 meses desde la primera reforma gran parte de los estados se han unido para entender la importancia de legislar sobre la protección a los usuarios de plataformas digitales.
Los primeros en sumarse fueron Yucatán y Puebla, en agosto y diciembre del 2018, respectivamente; seguidos en 2019 de Chiapas, Baja California Sur, Veracruz, Guanajuato, Querétaro, Coahuila, Zacatecas, Oaxaca, estado de México, Guerrero, Nuevo León, Aguascalientes, Ciudad de México, Tlaxcala y Durango.