El juez titular, José Sierra Fernández, concluye en el auto que «no resulta debidamente justificada la perpetración de los delitos» y que no existen «elementos suficientes para considerar que los querellados cometieran infracción penal alguna por su actuación». El abogado querellante, Antonio Panea, confirmó la presentación de un recurso de reforma contra el auto.
El juez levanta provisonalmente las 15 imputaciones abiertas, entre otros, contra el presidente del Grupo Santander, Emilio Botín; su hermano y segundo accionista de Bankinter, Jaime Botín; el presidente de Banesto entre 1993 y 2002, Alfredo Sáenz, y el ex ministro de economía y actual presidente de Caja Madrid, Rodrigo Rato y su hermano, Ramón Rato.
Todos ellos estaban imputados por presuntos delitos de apropiación indebida, administración desleal, falsedad en documento mercantil, cohecho y negativa a un socio del derecho a la información.
Esta causa estuvo motivada por la querella presentada en 2004 por el abogado Francisco Franco Otegui y ampliada posteriormente en 2005 por Antonio Panea, abogado y accionista del Banco Santander y de Banesto.
La sentencia considera que el precio pagado por Banesto a la familia Rato por la participación en Aguas de Fuensanta estuvo «plenamente ajustada al precio calculado» y que el desembolso no fue «desproporcionado ni irrazonable».
La sentencia considera «justificada» la operación, al considerar que la entidad lo hizo en ejecución del aval por el que familia Rato había comprometido el 36,8% de su participación en Aguas de Fuensanta como garantía prendaria de un crédito personal concedido en 1997 a varias empresas de la familia del ex ministro por un valor total de 3,6 millones de euros.