Tanto el fiscal como las dos acusaciones particulares acreedoras, AENA y el Banco Santander, solicitaron la desestimación de esta cuestión previa al considerar que el plazo de prescripción es de diez años ya que se trata de delitos penados con más de seis años.

El tribunal comunicará si acepta o no las cuestiones previas planteadas por las partes el próximo 16 de septiembre, en la reanudación del juicio oral.

El Ministerio Fiscal pide diez años de prisión para Antonio Manuel, José Juan, Francisco de Paula y Francisco Javier Morales, así como para el empresario Carlos Eguizábal y su padre Marcos Eguizábal, fallecido en 2009, por apropiarse de 12 millones de euros mediante la quiebra fraudulenta de las sociedades concesionarias.

Estas sociedades gestionaron, entre 1989 y 1995, los servicios de restauración de los aeropuertos de El Prat (Barcelona), Barajas (Madrid), Palma de Mallorca, Sevilla, Málaga y Jerez bajo los nombres de Concesiones de Restauración, Explotaciones de Restauración, Las Ramblas Catering e Ihresa. AENA reclama 9,5 millones de euros y el Banco Santander, 2,5 millones de euros.

La defensa consideró que se ha vulnerado el derecho de sus representados a la tutela judicial efectiva, ya que los delitos continuados de apropiación indebida, falsificación en documento mercantil y quiebra fraudulenta han prescrito.

El fiscal del caso, Marcelo de Azcárraga, alegó que aunque las actuaciones de los acusados se iniciaron en los años 80, éstas no finalizaron hasta el año 2002 con la venta de las participaciones en las empresas.

Las defensas también criticaron la «absoluta imprecisión» de los escritos de acusación presentados por el fiscal, al que acusan de reproducir la querella presentada por AENA, que fue el origen de la apertura de la causa. Los abogados denunciaron que los escritos no reflejan de forma individualizada los hechos imputados a cada uno de los acusados.

El abogado de AENA alegó que la documentación contable de las sociedades concesionarias se encuentra dispersa en 460 cajas de «manera deliberada» y que contiene unos libros de contabilidad elaborada «ad hoc».

La Fiscalía considera que las cuatro sociedades «estaban controladas directa o indirectamente por un mismo grupo de personas» que realizaron «determinadas operaciones tendentes a la detracción de dinero de las sociedades concesionarias, bien directamente trasladándolo a su patrimonio particular o a través de otras sociedades».

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