Ante la publicación, en el BOE, del RDL 16/2020 de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la administración de justicia, y aun cuando dicha norma de calado será objeto de un análisis más pormenorizado en los próximos días, la Junta de Gobierno del ICAIB:

  1. Reitera el firme compromiso de la abogacía con la defensa de los derechos de las personas y con los objetivos comunes de agilización de la Justicia, así como su apoyo a cuantas medidas puedan adoptarse siempre que éstas no limiten el derecho de defensa ni el acceso a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos y que se respeten todas las garantías procesales del ordenamiento vigente.
  1. Manifiesta que, aun cuando alguna medida de las incluidas en el RDL pueda resultar positiva, lo cierto es que sin el incremento del número de jueces y magistrados y sin el refuerzo de todo el personal al servicio de la administración de justicia, cualquier plan de reactivación y agilización judicial no es sino un mero brindis al sol, imposible de ejecutar si no va acompañado de una decidida inversión en medios materiales y humanos que, ahora, es más necesaria que nunca.

De hecho, y salvo alguna medida puntual como la posible puesta en marcha de algunos de los órganos judiciales que ya estaban previstos, no hay apenas en todo el real decreto referencia alguna al urgente incremento en la plantilla del personal de la administración de justicia.

  1. Reitera su rechazo a la habilitación parcial del mes de agosto por cuanto considera que se trata de una medida absolutamente ineficaz e, incluso, contraproducente para la consecución de la pretendida agilización, dado, por un lado, que en dicho mes se multiplican las dificultades de citación y las posibilidades de incomparecencia de alguna de las partes, de los testigos o de quienes, de una u otra forma, se ven afectados en un proceso; y, por otro, que el reparto de las vacaciones de jueces, magistrados y demás personal de justicia se extendería durante varios meses, de forma que, en vez de un mes inhábil, habrá al menos tres en los que la actividad judicial no estará al pleno y superior rendimiento que la actual situación exige.

A juicio de la Junta, la habilitación parcial del mes de agosto supone también un desprecio al derecho al descanso y a la conciliación de buena parte de los operadores jurídicos – que, aun en el estado de alarma siguen trabajando-, de otros colaboradores de la justicia (peritos, equipos psico-sociales, etc.) y de los ciudadanos afectados en un procedimiento.

Una medida, además, de dudosa legalidad por cuanto supone la modificación, por la vía del real decreto ley, de una ley orgánica, sustraída, por tanto, a cualquier debate público y tramitación parlamentaria.

  1. La Junta de Gobierno considera que, en muchos de sus artículos y disposiciones, el Real Decreto Ley 16/2020 registra una redacción confusa, ambigua y manifiestamente mejorable que, lejos de resolver dudas, genera inseguridad jurídica, así como que nada se dice en toda la norma del momento en el que finalizará la actual suspensión de los actos y plazos procesales.
  1. Por otra parte, y aun cuando el tratamiento preferente que la norma otorga a muchos de los asuntos asociados directamente con el COVID-19 podría resultar una medida positiva, la Junta manifiesta su inquietud por el posible nuevo retraso que, en cambio, y de no mediar un aumento del personal al servicio de la Justicia, puede producirse en la resolución del resto de los asuntos que, o bien estaban pendientes al inicio del estado de alarma y de la suspensión de los plazos procesales, o bien han tenido nueva entrada, pero no revisten tal carácter preferente. En este sentido, basta recordar que tan solo en la primera semana en la que se reactivó la plataforma de comunicaciones se presentaron más de 60.600 demandas.
  1. Por todos los motivos expuestos, la Junta expresa la profunda decepción con la norma dictada, por cuanto, además de ineficaz para la consecución de los objetivos pretendidos, se ha dictado desoyendo muchas de las propuestas formuladas por la abogacía y por otros agentes intervinientes en la administración de justicia, en definitiva, por quienes mejor conocen el día a día del funcionamiento de nuestros juzgados y tribunales.
  1. Por todo ello, reiteramos la necesidad de abordar un Pacto de Estado para la Justicia que ofrezca soluciones definitivas y de continuidad a los problemas estructurales que afectan a la Justicia y que ahora se verán agravados como consecuencia de la crisis generada por el COVID-.19.

Fuente: ICAIB

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