Gabriela BoldóPor Gabriela Boldó, juez sustituta

En mi experiencia profesional no deja de sorprenderme el aumento de la agresividad y de la falta de empatía, en nuestra sociedad, hasta el punto que situaciones inicialmente sencillas se convierten en tragedias, como la muerte del empresario del Raval. Por ello es necesario plantearse nuevos medios de resolución de conflictos, en que, en lugar del enfrentamiento o de individualismos enconados, se tienda a analizar la situación que se ha generado y qué opciones reales hay de resolverla; mostrando un abanico de posibilidades entre los que cada uno pueda decidir cuál escoge, responsabilizándose de las consecuencias de su elección.

Las situaciones de desproporción y de conflictividad extrema deben dejar de producirse por muchas razones, entre ellas por el descrédito que conllevan no sólo hacia un cuerpo policial en concreto, sino también por el desamparo y desprotección de la sociedad misma, puesto que la sociedad la vamos construyendo día a día, y, es necesario que la sociedad respete a los cuerpos policiales, evitando situaciones como las del Turó de la Peira, que pueden llevar a que determinadas víctimas se hallen en situación de desamparo, por no hablar de las conductas en las que pueden incurrir los agentes al dejar de perseguir acciones que pudieran ser delito. Para ello, no hay que olvidar que los agentes de policía cumplen una función de servicio público, que conlleva intrínsecamente la vocación de servicio a la sociedad, servicio que debe primar en todo momento en la resolución de conflictos que les son encomendados en el ejercicio legítimo de sus funciones.

No hay que olvidar por ello el tipo de sociedad ante la que los agentes pueden encontrarse, una sociedad con miedos, con actitudes agresivas y desafiantes ante la presencia policial. Considero que es necesario encontrar puntos de encuentro entre sociedad y agentes de policía para poder cambiar las actitudes de todos, de modo, que cada uno sea responsable de su parcela de vida, de su día a día y que aprendamos a hablar en lugar de imponer. El derecho penal se mueve a partir de una acción, de modo que si se objetiva en una acción que la policía se ha excedido, ésta deberá responder penalmente, al menos en una primera fase de instrucción, en la que será necesario valorar todas las circunstancias concurrentes, tales como si se usó la fuerza, si se hizo de forma adecuada y como se gestionó la situación, atendiendo al contexto real en que se produjo esa actuación, para poder determinar con todas las garantías legales si efectivamente hubo indicios racionales de criminalidad en dicha acción por parte de los agentes de la autoridad.

Sin embargo, es evidente que algo no funciona del todo bien cuando, algunas veces, la patrulla, compuesta de dos agente, en el ejercicio de sus cargos y debidamente uniformados, no consiguen que la gente deponga su actitud y se muestre dialogante, sino que consigue el efecto contrario de modo que el ciudadano se muestra resistente, en todo momento, a su presencia, hasta el extremo de llegar a quebrantar el principio que la jurisprudencia denomina en este tipo de delitos, como principio de autoridad, de modo que el ciudadano desoye las órdenes que le son legítimamente dadas. Es en este momento cuando se exige a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado que ejerzan su función y restablezcan el orden público de manera proporcional, pudiendo acudir al uso de la fuerza, siempre que sea de modo proporcional y justificado, respetando en todo momento el derecho a la vida y a la integridad física de la persona a quien se pretende reducir, de modo, que del uso de dicha fuerza, no pueda inferirse nunca un ánimo de matar, sin que deba minimizarse la actuación de la sociedad que, ante situaciones realmente conflictivas, se limita a filmar lo sucedido y escudarse en una cámara de filmar o teléfono móvil.

Ante estas situaciones, creo que es necesario un cambio de actitud tanto de ciudadanos como de policías, para salir de esta realidad no deseable; por ello, el servicio público debe desempeñarse de otro modo, puesto que no hay que olvidar, que de acuerdo con el art 103 de la CE, la administración pública debe servir con objetividad los intereses generales, y actuar de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho, de modo que una actitud más empática, más agradable, menos resistente y más centrada en la actuación concreta llevará pareja esa eficacia.

Por ello sería deseable que los agentes, en lugar de anclarse en el poder que les otorga la ley, flexibilizaran las formas, tuvieran un gesto amable, próximo, conciliador y comunicativo, que permitiera un acercamiento al problema real y unos resultados más eficaces y positivos.

Parece ser que en el caso concreto, el fallecido no llevaba el DNI encima y eso generó la primera discusión. Ante la falta de identificación de un ciudadano ante la policía hay muchas maneras de actuar, motivo por el cual, deberíamos plantearnos si el funcionario público oyó, escuchó y facilitó los medios para que ese ciudadano se identificara, y, si por otros medios hubiera conseguido de un modo más pacífico el resultado que perseguía. Son frecuentes los juicios que se incoan por desobediencia a los agentes de la autoridad ante la falta de identificación de un ciudadano, debiendo resaltarse que para que el hecho pueda debatirse en el ámbito penal, debe conllevar una negativa a obedecer la orden de identificarse y nunca una imposibilidad de identificarse, supuesto último que, en su caso, podría conllevar una responsabilidad administrativa, pero nunca penal, de ahí que los agentes deban ser muy cuidadosos al respetar el principio de proporcionalidad en relación a la naturaleza de la acción inicial que ha motivado el requerimiento de identificación. Ante la negativa del ciudadano a identificarse es fundamental la labor de mediación y empatía del agente, ya que, de otro modo, en esa situación ajena al hecho inicial, puede generarse un conflicto que vaya en aumento, que a su vez genere una situación de agresividad, que será difícil de contener, puesto que las partes implicadas habrán perdido la consciencia plena de la situación lo que habrá desplazado el conflicto inicial de la actuación y se habrá transformado en una situación desbordante para el ciudadano y el policía, que será muy difícil reconducir de nuevo.

Para ello es necesario tomar consciencia y elegir qué actitud queremos, qué sociedad queremos y no actuar siempre cuando la tragedia ha ocurrido, sino en un momento previo, motivo por el cual tenemos que entender que la sociedad necesita a la policía y la policía a la sociedad, de modo que ambos deben respetarse por medio de la palabra, de la atención y no por la agresividad, de un lado o de otro, puesto que la única respuesta que tiene la agresividad es la fuerza, ya sea mediante el acometimiento a agentes de la autoridad o los agentes de autoridad usando de la fuerza física, más allá de lo necesario y proporcional. Es por esto que debe partirse de un respeto mutuo y reconocimiento de las dos realidades y necesidades de cada uno para poder garantizar la eficacia y el sometimiento pleno a la ley y al derecho que los agentes de la autoridad tienen encomendadas, y, de este modo observar adecuadamente las normas de convivencia necesarias e imprescindibles entre la sociedad y las fuerzas policiales.

Para ello el respeto mutuo en necesario para vivir, puesto que si no hay empatía y servicio hacia el otro, la persona, ya sea sociedad o policía, pone en marcha un mecanismo de supervivencia instintivo que genera situaciones indeseables en la que hay indiferencia hacía el otro y gritos. La autoridad no se exige, se gana y para ello, por las capacidades especiales de los agentes de autoridad, adquiridas durante su aprendizaje en la academia, son ellos quienes deben liderar el conflicto, lo que implica que los agentes deben tener más habilidades para contener la situación y evitar gritar y pegar, para ser de ese modo eficaces en la resolución del conflicto y liderar adecuadamente la situación. Los agentes de la autoridad deben tener también la capacidad de tomar decisiones, ser flexibles y reconducir la situación que ha podido cambiar de manera repentina, por lo que es necesario empatizar con el ciudadano y manejarse adecuadamente en dicha situación; es decir, usar adecuadamente y de forma proporcional, con sumisión a los derechos fundamentales, el poder que les otorga su uniforme y sus defensas personales, mediante el adecuado ejercicio de la fuerza, que nunca puede conllevar golpear órganos vitales de una persona y menos aún cuando esta persona está en el suelo, rodeada por 8 agentes.

Tampoco puede olvidarse la dificultad que entraña lidiar con los problemas cotidianos de una sociedad, cada vez más agresiva y con más problemas, de modo que cuando se requiere la presencia policial las circunstancias acostumbran a ser más tensas y, consiguientemente, más extremas, por lo que será necesario un proceso de aprendizaje continuo, que permita no cometer más errores, y, que los errores del pasado se convierten en oportunidades de cambio. Cuando la vocación de servicio público es real tiene la capacidad de transformar la realidad, pues permite entender la situación y tratar de solucionar el problema en lugar de imponer una opinión.

Surge la necesidad del encuentro sincero entre el profesional con vocación y la sociedad para que todos seamos capaces de aprender a tolerar el estrés y la ansiedad en el trabajo frente a situaciones complicadas.

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