TSJPV1“La reforma laboral de 2012 ha provocado un aumento de la conflictividad laboral y ha supuesto un retroceso en materia de libertad sindical y negociación colectiva”. Estas son las dos principales conclusiones del magistrado de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, Carlos Domenech, tras realizar un detallado estudio de la nueva normativa laboral, que se ha plasmado en un informe, publicado por la Fundación Primero de Mayo del sindicato Comisiones Obreras, CCOO.

Bajo el título ‘Represión penal y derecho de huelga. La vuelta a la España del siglo XIX’, el magistrado ofrece datos que evidencian este aumento de la conflictividad en el trabajo. Las jornadas no trabajadas por huelga en 2012 ascendieron a 1.290.114, prácticamente el triple de las registradas un año antes, cuando la cifra se situó en torno a 485.000.

Además, Domench recalca que la reforma laboral «favorece la inaplicación de los convenios y la atribución a la parte social del riesgo del fracaso de las negociaciones». En este sentido, el informe precisa que en 2012 se inaplicaron 748 convenios, mientras que en 2013 se inaplicaron un total de 2.512, casi tres veces y media más.

Pero lo que más le preocupa al magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, es la «ofensiva penal» contra el ejercicio del derecho de huelga, que han denunciado en reiteradas ocasiones los sindicatos UGT y CCOO. Esta ofensiva penal y falta de libertad se evidencia en que en la actualidad hay 260 sindicalistas afectados por procedimientos administrativos y penales por participar en la convocatoria y organización de huelgas generales.

Domenech considera «preocupante» que para reprimir la protesta social se recurra al artículo 315 del Código Penal, que castiga a quienes coaccionan a otros para iniciar o continuar una huelga. Domenech sostiene que el delito de coacciones a la huelga debería desaparecer del Código Penal y califica de «despropósito constitucional» que esta figura delictiva se mantenga. El magistrado subraya que se trata de «una legislación claramente desproporcionada de origen tardo franquista, utilizada para reprimir conductas realizadas en el contexto del ejercicio de un derecho fundamental como el de huelga».

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