Desde que se aprobó la Ley 16/2022 el 5 de septiembre, vigente en su mayor parte desde el 26 de septiembre, se ha hablado mucho de un tema vital para la supervivencia de las empresas, y es el tema de LAS ALERTAS TEMPRANAS.

Este sistema pretende predecir la probabilidad de que una empresa caiga en insolvencia y no pueda hacer frente a sus pagos de proveedores, acreedores u otros terceros.

Lo cierto es que, viendo los vídeos de SISTEMAS DE MEDICIÓN DE LA PROBABILIDAD DE LA INSOLVENCIA impartido por el REFOR del 16 de marzo de 2023, y su metodología, veo páginas web de importantes despachos de abogados especializados en Derecho Concursal y que alguno de los socios son profesores de la UAB, leo artículos sobre los ratios financieros y el desarrollo del informe… (Y así podría seguir casi hasta el infinito) y no puedo más que pensar en que EXISTE UN DESCONOCIMIENTO TOTAL DE LO QUE ES UNA ALERTA TEMPRANA, y que sobre lo que se está escribiendo es sobre como hacer UNA AUTOPSIA de la empresa.

Definición de alerta temprana: La alerta temprana es la identificación y evaluación oportuna del surgimiento de nuevas amenazas.

Bajo esta definición por qué todos los estudios, medidas propuestas y cursos de formación se empeñan en decir que alertas tempranas son, por ejemplo:

  • Rendimiento económico / Cifra neta de negocios
  • ROE (Beneficio neto / Fondos propios)
  • Activos financieros / Total activo
  • Capital circulante / Cifra neta de negocios
  • Fondos propios / Activo
  • Efectivo / Pasivo total
  • Ventas / Pasivo total

Fácilmente el lector verá que aquí NO HAY NINGÚN INDICADOR DE ALERTA TEMPRANA. Todos estos indicadores tienen una cosa en común, son datos una vez cerrado el ejercicio.  Así pues si la alerta temprana es la identificación de nuevas amenazas, no me queda más remedio que deducir que lejos de ser una alerta, es un DIAGNÓSTICO DE LA CAUSA DE LA MUERTE DE LA EMPRESA.

Llegado aquí, debería introducirse una definición nueva, la de ACCIÓN TEMPRANA. La acción temprana, también conocida como acción anticipatoria o acción basada en pronósticos, significa tomar medidas para proteger antes de que ocurra un hecho.

Antes de que se produzca el hecho, NO después.

¿Alguien detecta en esa batería de ratios algún hecho que no se haya producido? Reitero que yo solo veo una AUTOPSIA de la empresa.

Deberíamos pues, los profesionales que nos dedicamos a la Reestructuración y Refinanciación de empresas plantearnos la posibilidad de que nuevamente el legislador se ha vuelto a equivocar y lleno de intenciones nos indica un camino equivocado, o sencillamente que se ha corrido demasiado sin pararse a pensar en la célebre frase de Warren Buffet “No importa lo grande que sea el talento o el esfuerzo, algunas cosas sólo toman tiempo: no se puede producir un bebé en un mes por dejar a nueve mujeres embarazadas”.

También las escuelas de negocios, universidades, colegios profesionales deberían empezar a pensar en cambiar sus cursos de formación en la rama concursal, sobre todo en materia económica, y adaptarlos no solo a la ley sino también a la realidad de las empresas.

En mi próxima publicación describiré como sería para mí la implantación de un sistema de alertas tempranas y que información y en que momento debería conocerse para eso, que sean alertas tempranas y no un funeral.

Fuente: Analiza y Decice

 

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.