La covid-19 nos ha dejado una nueva realidad en la que los desplazamientos y el contacto físico, si antes eran una constante normalizada en nuestra sociedad, hoy representa un peligro. De ahí que se haya acelerado la transición al teletrabajo, y que las tiendas que antes se mostraban reticentes se hayan lanzado a la digitalización.

Los datos hablan por sí solos. A finales de marzo supimos que las ventas del ecommerce habían crecido un 55% desde que se inició el confinamiento, según datos del experto en negocios digitales Guillem Sanz del que se hicieron eco medios de comunicación especializados. En concreto, crecieron las ventas en deportes, mobiliario, jardinería y farmacia, que compensaron la caída del 69% de moda y calzado, entre otros.

Ante estas cifras, muchos autónomos que se vieron obligados a cerrar se lanzaron a la apertura online y a conocer las últimas tendencias en ecommerce, algo que confirmó Prestashop: su interés por abrir negocios online había crecido un 20%, atendiendo a las visitas recibidas. Jorge González, su responsable en España, aseguraba que, a falta de datos definitivos, se aventuraba que el incremento podría estar por encima de esa cifra.

Sin embargo, hay que mostrar cautela antes de dejarse llevar por el prometedor futuro del ecommerce post covid19. No se pueden desatender las cuestiones legales, pues podrían suponer algún quebradero de cabeza que ensombreciera las expectativas.

Conocer el marco legal

Debes tener en cuenta, en primer lugar, la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, que fija los requisitos para vender exceptuando la licencia de apertura. Se debe indicar el plazo de ejecución y pago, contemplar el derecho de desistimiento y facilitar el pago seguro con tarjeta de crédito.

En cuanto a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), insta a informar sobre empresas o autónomos tras la web, esto es, nombre, denominación y datos de contacto, número de inscripción en el registro y NIF. También, claro, sobre el precio de productos y servicios, los trámites para la contratación online y la política de cookies.

La Ley Orgánica de Protección de Datos, por su parte, se implanta a través de la identificación de ficheros, del nivel de seguridad o los datos del administrador/a y sus responsables. También insta a elaborar la política de privacidad y tener un formulario de recolección de datos que recoja el consentimiento expreso de forma previa.

Habría que considerar también la Ley de Consumidores, especialmente lo que se aplique a las tiendas online. Insiste en mostrar de forma clara el precio final de los productos o servicios contratados, fijar el plazo de devolución en 14 días naturales y no en los siete anteriores, poner a disposición del consumidor un formulario de desistimiento y hacerse responsable de los riesgos en torno al transporte.

A todo ello se sumarían los trámites previos a la apertura, como el alta en un nuevo apartado del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), así como en el Registro Mercantil para solicitar el CIF si no se tenía antes.

Incluir los apartados correspondientes

De lo anterior se desprenden algunos de los apartados que debe incluir la web: la política de cookies, la de privacidad, las condiciones generales de venta y el consentimiento expreso en las secciones de la web en la que se recopilen datos de usuarios, con enlaces a la política de privacidad.

Nos detenemos en las condiciones generales, donde se recogen derechos y obligaciones que los consumidores deben aceptar de forma previa a la adquisición de un producto o servicio. En ella se debe incluir la normativa de uso del sitio, la propiedad intelectual, las condiciones de compra, los derechos y obligaciones del usuario, las formas de pago, la política de devoluciones y la de privacidad.

En cuanto al aviso legal, también de inclusión necesaria, es donde se incluyen los datos de la tienda: su nombre o denominación social y datos de contacto, el DNI o CIF, el número en el Registro Mercantil, la autorización administrativa si se necesita una, las normas de uso y la propiedad intelectual del contenido.

Al margen de estos apartados, que deberían incluirse en la web y estar a la vista de los usuarios, hay que redactar el Documento de Seguridad, que actuaría como manual interno y recoge el protocolo a seguir para la protección de datos. De hecho, se te podría solicitar en una inspección, pero tienes herramientas para facilitar la redacción como la plantilla de la Agencia Española de Protección de Datos.

Además, habría que firmar acuerdos de confidencialidad con los proveedores que tengan acceso a datos de la tienda y sus responsables, es decir, contratos que aseguran que si no actúan de la manera correcta serán ellos quienes asuman la responsabilidad.

Ofrecer seguridad y transparencia

No es un imperativo legal, es un compromiso para con tus clientes, y hay unas claves para conseguirlo. Empezando, claro, por lo que es obligatorio: mostrar la organización real que hay detrás del sitio y facilitar detalles para el contacto.

Hay otras cuestiones relevantes que no necesariamente están vinculadas a lo legal, pero su implementación sí es recomendable: un diseño profesional para la tienda, que la interfaz presente usabilidad, que se adapte a dispositivos móviles y usar sellos SSL o PCI para transmitir seguridad en el pago, entre otras.

La puesta en marcha de un negocio siempre requiere trámites, incluso si es online, pero estos se van resolviendo poco a poco y con determinación. Si te pierdes, busca ayuda profesional, pero no las dejes al azar. La viabilidad de tu proyecto depende de ello.

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