La jornada impartida el pasado viernes por  por  Leonardo Cárdenas Armesto socio director del Area de Fiscal de la firma, y actual delegado de la AEDAF en Catalunya, ha tenido como objetivo ahondar en la Ley 49/2002 y en los beneficios fiscales que tienen las empresas que colaboren en proyectos solidarios que persigan las fundaciones y entidades acogidas al tercer sector.

En la misma se han revisado de forma pormenorizada, los incentivos fiscales previstos en la normativa para las actividades de mecenazgo, así como las más recientes consultas tributarias emitidas por la Dirección General de Tributos, a los efectos de dotar a los asistentes de las mejores estrategias y argumentos para la captación de recursos para sus entidades, en tiempos en que la crisis ha puesto de manifiesto una falta de donaciones importante y donde las necesidades en el ámbito social se incrementan considerablemente.

Se ha comentado la necesidad de que las fundaciones puedan cumplir con los requisitos exigidos por la Ley de Mecenazgo, para que las personas que colaboren o hagan donativos para sus fines fundacionales, puedan disfrutar de las máximas deducciones fiscales, pudiendo éstas elevarse del 10 % a un 25 ó incluso al 30 % en personas físicas, o del 35 o al 40 % en empresas sujetas al impuesto de sociedades y a su vez, las entidades paguen los menores impuestos posibles.

Asimismo se han tratado otras fórmulas de mecenazgo como son los convenios de colaboración empresarial de interés general colaboradoras, o los gastos en actividades de interés general. Por medio de éstos, la empresa otorga una ayuda económica a la fundación para la persecución de sus fines sociales, obteniendo a cambio el reconocimiento y difusión social de su participación en un proyecto solidario, posibilitando la deducción íntegra del gasto incurrido, en contraposición a la aplicación de una deducción en cuota del impuesto, por medio de la figura del donativo.

La conclusión extraída de la reunión es que si las organizaciones benéficas conocen en profundidad el régimen fiscal especial que para este tipo de entidades prevé la normativa, será más fácil que puedan obtener más recursos y ayuda de las empresas o los ciudadanos.

Por último resaltar que los Cafés de AGM se caracterizan por abordar temas de interés y lo más importante, generar el debate entre los asistentes. Sin duda, son acciones muy enriquecedoras que permiten mejorar en el día a día, a todos los que participamos en ellos

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