El órgano de gobierno de los jueces admite de esta forma el recurso de alzada que interpuso el propio magistrado contra el acuerdo adoptado por la Comisión Disciplinaria del CGPJ mediante el que se le impuso la citada multa, tal y como proponía el vocal Antonio Montserrat.

La resolución aprobada destaca que, tal y como alegó el juez Ferrín Calamita en su recurso, el procedimiento sancionador excedió en ocho días el plazo de seis meses establecido para este trámite por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que fue validada posteriormente por el Tribunal Supremo.

No obstante, el Consejo traslada en la propuesta aprobada los «reproches» que, a su juicio, le merece la conducta procedimental seguida por el magistrado y pone de relieve la «incidencia» que su actuación dilatoria provocó «en la duración del expediente».

La Comisión Disciplinaria sancionó a Ferrín Calamita el 5 de marzo de 2008, al entender que las expresiones que el juez utilizó en el citado auto constituían una falta grave del artículo 418.6 de la LOPJ, que sanciona la utilización en las resoluciones judiciales de «expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico».

El magistrado, que ocupó el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Murcia hasta que fue suspendido por el CGPJ en febrero de 2008, equiparó en su resolución judicial la homosexualidad con la condición de toxicómano, pederasta, prostituta o la pertenencia a una secta satánica.

En el informe elaborado por la Inspección del CGPJ se destacaba que este tipo de expresiones «exceden el ámbito que corresponde al examen jurídico de la controversia» y se adentran en «una crítica negativa de la condición homosexual impropia de una resolución judicial».

En diciembre de 2008, Ferrín Calamita fue condenado por la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia a la pena de dos años, tres meses y un día de inhabilitación para empleo o cargo público y una indemnización de 6.000 euros por el retardo «malicioso» en la concesión de la adopción de una menor que había sido solicitada por la compañera sentimental de la madre biológica.

Por este mismo asunto, el CGPJ incoó un segundo expediente disciplinario contra el juez Ferrín Calamita y le suspendió temporalmente en sus funciones hace aproximadamente un año. La tramitación de este procedimiento sancionador se encuentra aún paralizada, puesto que la condena impuesta en Murcia aún no es firme, pues debe ser confirmada por el Tribunal Supremo.

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