Consejo de MinistrosTras dos semanas de críticas de la oposición y de algunos sectores sociales, el Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana después que el departamento que dirige Jorge Fernández Diaz haya rebajado en un tercio las infracciones muy graves que acarrean multas que van de los 30.000 a los 600.000 euros.

Una de las sanciones más destacadas del borrador de ley es la penalización grave de los ultrajes a España, las autonomías, entidades locales o instituciones, símbolos, himnos o emblemas efectuadas por cualquier medio. Estas infracciones serán sancionadas con multas de hasta 30.000 euros siempre y cuando no sean constitutivas de delito.

Tras las críticas, también se ha modificado el borrador en el sentido que las protestas no comunicadas frente al Congreso u otras altas instituciones del Estado serán consideradas graves, con multas de entre 1.001 a 30.000 euros, aunque no estén reunidas y siempre que se perturbe la seguridad ciudadana. También baja de grave a leve las faltas consistentes en amenazar, coaccionar, injuriar o vejar a los agentes encargados del mantenimiento del orden público, que serán sancionados con entre 100 y 1.000 euros. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, destacó el refuerzo y la protección de los derechos y libertades que supone este anteproyecto.

Por su parte, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, aseguró que tras 22 años de vigencia «es necesario, conveniente y oportuno» actualizar y mejorar el marco jurídico que regula esta materia con el doble objetivo de garantizar las libertades públicas y responder de manera más eficaz a nuevas conductas que constituyen amenazas para la seguridad ciudadana. Fernández Díaz subrayó que la futura ley es consecuencia de una iniciativa despenalizadora del Gobierno, que considera que la respuesta más apropiada a ciertos comportamientos antijurídicos y antisociales no es el Código Penal sino sanciones administrativas.

Novedades del texto

El titular de Interior destacó que «por primera vez en la historia de nuestro ordenamiento jurídico se define el concepto de seguridad ciudadana con arreglo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y se enumeran los fines y los principios rectores que deben presidir cualquier intervención pública en esta materia». «Singularmente el principio de proporcionalidad, de forma que al delimitar estos fines y estos principios el texto gana en garantías», explicó.

Jorge Fernández Díaz indicó que en el caso de identificación de personas, registros, cacheos y restricción del tránsito en vías públicas, el nuevo texto «incrementa las garantías con respecto a la ley vigente, reduce el ámbito de discrecionalidad administrativa y será más garantista en la defensa de las libertades individuales».

Otro de los aspectos más novedosos citados por el ministro es el principio de responsabilidad solidaria de los padres, tutores, o guardadores legales por los daños o perjuicios ocasionados por los menores de edad a su cargo. Al respecto, Fernández Díaz aclaró que «no son responsables solidarios de las eventuales sanciones que se les impongan por los actos que cometan los menores sino responsables solidarios por los daños o perjuicios que esas conductas comporten».

Sanciones

El ministro afirmó que «las sanciones persiguen un único objetivo: erradicar la violencia, los comportamientos incívicos y el vandalismo, permitiendo diferenciar nítidamente lo que es el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas, como son el derecho a reunión, manifestación, información y libertad de expresión, de otras conductas violentas».

Asimismo, reiteró que «queda plenamente garantizado el derecho fundamental de manifestación con el único requisito de su comunicación previa a las delegaciones del Gobierno», tal y como se hace en la ley vigente. «El mero incumplimiento de ese requisito llevará aparejado una sanción leve. De manera que sólo serán los comportamientos violentos los que serán sancionados como infracciones graves. Esta regulación parece más justa y proporcionada», manifestó.

Como infracciones graves, el ministro ha señalado aquellas conductas que causen desórdenes graves en las vías, espacios o establecimientos públicos, así como la provocación de incendios en las vías públicas cuando representen un peligro para las personas o bienes y no sean constitutivas de delito. También lo serán las ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, cuando no sean delitos.

Fernández Díaz resaltó como nueva infracción grave el ofrecimiento, solicitud, negociación o aceptación de los servicios sexuales en zonas públicas próximas a lugares destinados a menores o donde supongan un riesgo para la seguridad vial.

El texto también convierte en infracción grave los daños o deslucimiento de bienes e inmuebles de uso público, así como la obstaculización de la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos y otros objetos con la finalidad de perturbar gravemente la seguridad ciudadana.

El ministro indicó como infracción leve las amenazas, coacciones, injurias o vejaciones a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como el uso de imágenes o datos personales o profesionales de los mismos cuando estas conductas no sean constitutivas de delito, sin menoscabo del derecho constitucional a la información.

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